Mediante el Decreto 400 del 2021, el Gobierno Nacional modificó la jornada laboral de los empleados públicos a través del sistema de turnos para empleados públicos.
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En el decreto se establece que la jornada laboral diaria podrá ser máximo de 12 horas, y se deberá respetar el tope máximo de 44 horas semanales trabajadas.
Respecto a la remuneración, se pagará un recargo del 35% a las personas que trabajen horas nocturnas, ya sea en jornada completa o en proporción a las horas laboradas en ese horario dentro de la jornada mixta. Y que las horas extras se pagarán con un recargo sobre la asignación básica mensual del 25 % para las diurnas y del 75 % para las nocturnas.
“El registro de los turnos se podrá llevar en planillas que deberán contener como mínimo: nombre de entidad, período de turno indicando si es en jornada diurna, nocturna o mixta, fecha para cumplirlos, relación detallada de la asignación por empleado y la identificación del empleo que desempeña el servidor” asegura el documento
Además, el decreto establece que las empresas deberán adoptar medidas de salud y seguridad en le trabajo para los empleados que trabajen por turnos, distribuyendo las cargas laborales de forma equitativa y proporcional.
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