Superindustria condenó a ‘Hoteles Decameron’ por información o publicidad engañosa

Minuto30.com.- La Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), mediante Sentencia No. 1231 de 2013, condenó judicialmente a la sociedad HOTELES DECAMERON COLOMBIA S.A. por información o publicidad engañosa e insuficiente al momento de comercializar un plan multivacacional denominado «Multivacaciones Decameron».

La Superintendencia de Industria y Comercio, le ordenó judicialmente a la sociedad demandada HOTELES DECAMERON COLOMBIA S.A., la devolución al consumidor de la suma de USD $925 equivalentes al cien por ciento (100%) del valor pagado por éste.

Dentro de un proceso judicial se encontró que HOTELES DECAMERON COLOMBIA S.A no le suministró información veraz, oportuna y suficiente a uno de sus clientes (quien demandó judicialmente ante la SIC) en relación con un programa multivacacional cuyas prestaciones ofertadas eran diferentes a las efectivamente proporcionadas al consumidor.

En efecto, la sentencia judicial encontró que la sociedad HOTELES DECAMERON COLOMBIA S.A. ofreció un plan que incluía la afiliación sin costo a un programa internacional de beneficios turísticos y hoteleros (denominado «RCI»), así como descuentos en cualquier hotel del mundo, incluyendo cruceros, cuando en realidad únicamente aplicaba a Hoteles Decameron. Igualmente, se declaró probado que al momento de la compra, el consumidor recibió nformación engañosa correspondiente al valor del contrato y al tipo de plan adquirido, toda vez que las sumas cobradas eran superiores al ofrecimiento inicial al incluirse costos no informados como «derechos al programa» y el «pago de la afiliación al programa RCI» que supuestamente se habían ofertado sin costo alguno.

La decisión de carácter jurisdiccional adoptada es de inmediato cumplimiento y contra ella no procede recurso alguno, teniendo en cuenta que este proceso judicial es de mínima cuantía y única instancia.

La función judicial de la Superintendencia de Industria y Comercio para conocer de litigios en materia de protección al consumidor

En virtud de lo dispuesto en el artículo 145 de la Ley 446 de 1998, artículo 58 de la Ley 1480 de 2011 Estatuto del Consumidor) y artículo 24 de la Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso), la Superintendencia de Industria y Comercio es competente para conocer de litigios relativos a presuntas infracciones a los derechos de los consumidores.

En el año 2013, la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, emitió 1390 sentencias judiciales sobre procesos de protección al consumidor, de las cuales el 62% fueron favorables para los compradores (863 sentencias favorables al consumidor).

NOTA: Si usted ha sido víctima de un caso similar o igual por favor escríbamos al mail info@minuto30.com y cuentenos su caso

2020-04-21

Publicado por:
Minuto30.com

Gobierno de Abelardo de la Espriella reactiva exportación de carbón a Israel y ordena remezón en las cámaras de comercio

El presidente De la Espriella impartió también la orden directa de reducir y fusionar las…

Ataque sicarial en San Rafael deja un muerto y un herido: autoridades investigan presunto ajuste de cuentas

La Policía de Antioquia avanza en la revisión de cámaras de seguridad cercanas y testimonios…

Procuraduría «hala las orejas» a Invías: que instale el puente que conecta a San Juan de Urabá con Arboletes

INVIAS le informó a la comunidad su decisión de reprogramar la puesta en servicio de…

Contraloría alerta por cartera morosa de $165 billones y más de 900 mil deudores del Estado

En materia de antigüedad de la cartera, la DIARI identificó que las obligaciones con antigüedad…

¿Sienten pasos de animal grande? Se entregó alias «Barbas», importante ficha del ELN en Cesar

Más allá del golpe a la estructura criminal, el caso de alias "Barbas" activó de…

Duro golpe a «La Terraza» en El Peñol: capturan a 14 presuntos integrantes de la estructura criminal

"En Antioquia no hay espacio para quienes quieren lucrarse del delito": Gobernador Andrés Julián Rendón