Foto para ilustrar el archivo
Foto ilustrativa. Cortesía Personería de Medellín.
El presidente de la República Iván Duque sancionó la Ley 1949 del 8 de enero, misma que da más facultades a la Supersalud para sancionar a EPS, IPS, Hospitales las secretarías de salud y en general todas las empresas que gestionan los servicios de ese tipo en el territorio nacional.
Queda así la entidad con mayores herramientas para aplicar sanciones a los mencionados prestadores de salud, en multas de hasta ocho mil Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV) a entidades y hasta por 2.000 SMLMV para las personas naturales.
Entre las conductas que son sancionables se encuentran impedir u obstaculizar la atención de urgencias, incumplir con los beneficios que tienen derecho los afiliados, en especial lo relacionado con medicamentos, procedimientos, tecnologías, terapias y otros que están en el POS (hoy PBA).
La Ley también amplía a 5 años la facultad para imponer sanciones por parte de la Supersalud, con lo que se evita que un hecho prescriba sin que la entidad haya podido completar el proceso administrativo.
Fiscalía imputará a Ricardo Roa, presidente de Ecopetrol, por violación de topes en la campaña…
Sebastián Muñoz logra el octavo puesto en el LIV Golf Riyadh con 18 bajo par,…
Tras ocho días de cautiverio, el Gaula rescató en Manrique a una mujer secuestrada en…
Patinadores de Antioquia brillaron en la V Válida Nacional de Bogotá tras conquistar diecinueve medallas…
Un avioneta ambulancia que venía de Popayán se estrelló antes de llegar al Aeropuerto Bonilla…
¡Qué peligro! Dos taxistas se agarraron a cuchillo en pleno barrio Madelena, en Bogotá.