Por nuevo decreto alcaldes deberán solicitar autorización al Gobierno para implementar cuarentenas o restricciones

El Ministerio del Interior dio a conocer en las últimas horas que el presidente de la República firmó el decreto 039 del 2021 que entrará en vigencia el 16 de enero e irá hasta el 28 de febrero, por el cual se imparten medidas de orden público y aislamiento selectivo para mitigar el Covid-19 y la segunda ola de la pandemia.

Con este nuevo decreto, los alcaldes deberán solicitar primero autorización al Gobierno Nacional para implementar medidas restrictivas como cuarentenas: “Los alcaldes en los municipios de alta afectación, con la debida autorización del Ministerio del Interior y previo concepto del Ministerio de Salud y Protección Social, podrán restringir las actividades, áreas, zonas y hogares que consideren pertinentes para la realización de un aislamiento selectivo y focalizado, de acuerdo con la variación en el comportamiento de la pandemia del Coronavirus”, dice el documento.

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Asimismo, el decreto establece medidas más específicas en las ciudades que tienen ocupación de camas de Unidades de Cuidados Intensivos -UCI- mayor a 70%: “Cuando un municipio presente un nivel de ocupación en sus unidades de cuidados intensivos -UCI- entre el 70 y 79%, entre el 80% y 89 % o mayor al 90%, o una variación negativa en el comportamiento de la pandemia del coronavirus, el Ministerio de Salud y Protección Social enviará al Ministerio del Interior un informe que contenga las medidas específicas y las actividades que estarán permitidas en estos municipios de acuerdo a los niveles de ocupación de UCI o la variación negativa en el comportamiento de la pandemia”.

Es de resaltar que el decreto también establecer que todas las personas que permanezcan en el territorio nacional deberán cumplir con todos los protocolos de bioseguridad para evitar vitar la propagación y contagio del Covid-19.

Lea todo el decreto:


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https://twitter.com/MinInterior/status/1350154202744557571?ref_src=twsrc%5Etfw

2021-01-15

Publicado por:
Minuto30.com

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