Foto referencia
Luego de analizar el caso de un periodista amenazado a quien la Unidad Nacional de Protección -UNP-, le negó seguridad, la Corte Constitucional ordenó a la entidad aplicar enfoque diferencial a evaluaciones de riesgo estos profesionales en riego.
Con la ponencia del Magistrado Fernando Reyes Cuartas, el alto tribunal en la sentencia T-040 de 2023, resolvió: “ORDENAR a la Unidad Nacional de Protección que, en el término de quince (15) días contados a partir de la notificación de la presente decisión, realice una nueva evaluación respecto de las condiciones actuales de riesgo que afronta el señor Alejandro, en la cual deberá considerar: (i) su perfil como periodista, (ii) el contenido de la información que presenta y (iii) el contexto de la región en la que desempeña su oficio de comunicador. La decisión adoptada deberá ser comunicada al accionante mediante acto administrativo motivado de forma clara, adecuada y específica, en los términos de la presente sentencia”.
Además el documento agrega que la Unidad Nacional de Protección “en lo sucesivo, procure aplicar un enfoque diferencial en el marco de las evaluaciones de riesgo realizadas a periodistas, con el fin de evitar configurar una amenaza contra el ejercicio de su profesión y la garantía del derecho a la libertad de expresión”.
Para más noticias de Colombia.
El señalado criminal tenía tres órdenes de captura vigentes por homicidio, armas y concierto para…
Durante el procedimiento, los involucrados exigieron $150 millones al propietario para evitar su judicialización.
La familia agradeció las muestras de apoyo recibidas mientras el comunicador permanece bajo atención médica.
El fallo respalda la política de comunicación de la Presidencia frente a los resultados de…
La declaración conjunta advierte que estas estructuras criminales operan más allá de las fronteras de…
El Cerro Quitasol está bajo vigilancia. En tres días, inspeccionaron nacimientos de agua, vertimientos y…