El Gobierno Nacional anunció que mediante el decreto 376 del 2021, se estableció un plazo no mayor a 36 meses para que los empleadores del sector público y privado y los empleadores hagan el aporte restante al sistemas de pensiones suspendido durante la pandemia.
«La cotización de que trata el presente artículo, deberá efectuarse de la siguiente manera: i) El 75 % por el empleador, exclusivamente, y el 25 % restante por el trabajador, sin perjuicio de lo anterior, el empleador o el trabajador podrán efectuar la totalidad de pago de la cotización faltante y posteriormente efectuar el cobro al empleador o al trabajador según corresponda», indica el decreto.
Asimismo, explica que para el caso de “los trabajadores independientes, estos pagarán el 100 % del aporte de la cotización al Sistema General de Pensiones faltante”.
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El decreto fue presentado por el Gobierno Nacional luego de que la Corte Constitucional declarara inexequible esta disminución en los aportes en los meses de abril y mayo de 2020.
2021-04-11
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