¡Tome nota! Este es el beneficio otorgado por ser jurado de votación y el tiempo que tiene para reclamarlo

Las personas que fueron elegidas como jurados de votación para este domingo 27 de octubre también recibirán por ley un beneficio por cumplir la labor de acompañar la jornada de elecciones locales y regionales.

Tal y como lo plantea la Registraduría, toda persona designada para vigilar las mesas de votación, conformada por seis jurados principales y tres suplentes, tiene derecho a recibir un día de descanso compensatorio remunerado en su lugar de trabajo.

Este beneficio se le otorga a todos los ciudadanos que acudan a cumplir su papel de jurados en las mesas y se debe tener en cuenta que hay un tiempo estipulado para reclamar el día de descanso, que puede hacerse efectivo frente al respectivo empleador dentro de los 45 días siguientes a la fecha de las elecciones.

Además, este compensatorio es adicional al medio día que puede reclamar también en el lugar de trabajo por votar presentando el certificado de votación donde se constata que ejerció el derecho al voto en la mesa correspondiente.

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