La plenaria de Cámara aprobó este miércoles proyecto que sanciona el primer grado de embriaguez con suspensión de la licencia y multa. Además, quien se niegue a la prueba de alcoholemia tendrá suspensión de la licencia y sanción pecuniaria.
Explicó que este proyecto de ley, que contó con la participación de la representante Gloria Stella Díaz, llena un vacío existente en el Código Nacional de Tránsito. “Suplimos el vacío y ya avanzamos hacia una cultura de cero tolerancia en la mezcla de alcohol y conducción”.
Señaló que hoy los conductores que manejan embriagados y se les determina grado uno de alcoholemia, “no tiene ninguna sanción, eso no existe hoy regulado en el Código y por eso tantas personas se cogen confianza y luego causan accidentes fatales”.
“Ya nadie podrá escaparse de la prueba de alcoholemia”, afirmó Lozano Ramírez al resaltar la exigencia que se les hace a los conductores de vehículos y motocicletas para que realicen la prueba de alcoholemia”, afirmó.
Reiteró que el mensaje y el sentido del proyecto es muy claro: “el que va a tomar trago no puede manejar”.
Entre 20 y 39 mg de etanol en la sangre – Suspensión de la licencia de conducción entre seis y 12 meses.
Primer Grado
Entre 40 y 99 mg de etanol en la sangre – Suspensión de la licencia de conducción entre 1 año y tres años.
Segundo Grado
Entre 100 y 149 mg de etanol en la sangre – Suspensión de la licencia de conducción entre 3 años y 5 años.
Tercer Grado
De150 mg de etanol en adelante – Suspensión de la licencia de conducción entre 5 años y 10 años.
– Quien se niegue a realizar la prueba de alcoholemia perderá la licencia por un periodo entre 5 y 10 años.
– El Conductor que sea sorprendido en estado de embriaguez, no tendrá derecho a ningún descuento en el pago de su comparendo.
– El proyecto decreta sanciones pecuniarias o multas que serán reglamentadas por el Gobierno Nacional.
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