Sancionan a funcionarios de la UNP por no proteger a un activista de Medellín

Una sanción fue impuesta a tres altos funcionarios de la Unidad Nacional de Protección (UNP) luego de que un juez administrativo de Medellín determinara que incumplieron una orden judicial orientada a salvaguardar los derechos de un activista social en condición de riesgo.

La decisión se dio tras un incidente de desacato relacionado con un fallo de tutela emitido en marzo de 2026, el cual ordenaba a la entidad realizar un análisis de riesgo y adoptar medidas concretas de protección.

Según el despacho judicial, la sanción responde a la falta de acciones efectivas por parte de la institución para dar cumplimiento a lo ordenado.

Los funcionarios sancionados ocupan cargos directivos dentro de la UNP y deberán pagar una multa equivalente a un salario mínimo mensual vigente. El juez concluyó que, pese a contar con plazos adicionales, la entidad no implementó las medidas necesarias para garantizar la seguridad del solicitante.

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En el análisis del caso, se estableció que el ciudadano afectado ha sido víctima de diferentes hechos de violencia, entre ellos amenazas y otros ataques contra su vida, lo que motivó la intervención judicial. Sin embargo, la respuesta institucional habría estado limitada a trámites administrativos sin resultados concretos en materia de protección.

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Durante el proceso, la UNP argumentó que el caso se encontraba en fase avanzada de evaluación técnica y solicitó más tiempo para su ejecución. No obstante, el juez consideró que este tipo de procedimientos no justifican el incumplimiento de una orden de tutela, especialmente cuando se trata de derechos fundamentales como la vida y la integridad personal.

Aunque la normativa contempla medidas más severas en estos casos, como arresto, el despacho optó por imponer únicamente la sanción económica. Sin embargo, también ordenó remitir copias del caso a organismos de control para que se adelanten investigaciones disciplinarias y penales.

Finalmente, el juez reiteró la obligación de la entidad de cumplir de manera inmediata con lo ordenado en la tutela, enfatizando que las decisiones judiciales deben ejecutarse sin dilaciones.

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Publicado por:
Melissa Noreña

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