Estos son los requisitos para conductores que ingresan desde Venezuela

El Ministerio de Transporte estableció los requisitos que deberán cumplir los conductores que ingresen desde Venezuela.

La cartera dio a conocer el Instructivo Integral de Frontera, que fija los requisitos para el tránsito de vehículos provenientes del vecino país, después de las disposiciones realizadas el 31 de diciembre de 2022 , entre Guillermo Reyes, y su homólogo, Ramón Velázquez, en el Plan Operativo para la Reactivación Gradual del Transporte Internacional de Carga y Pasajeros por Carretera.

Los requisitos entrarán en vigencia el próximo 9 de febrero; sin embargo, tendrá un periodo de transición de ocho días:

“Este Plan Operativo, que se inicia hoy con una primera fase de socialización con transportadores y comunidad del Instructivo Integral de Frontera, hasta el próximo 8 de febrero, beneficiará al transporte internacional y de forma progresiva mejorará las condiciones de otras modalidades de transporte”, manifestó el ministro de Transportes.

Para el ingreso y tránsito, los vehículos particulares, motocicletas, servicio público transfronterizo colectivo (buses y busetas origen destino Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo – UEDF), vehículos de servicio público transfronterizo individual (taxis), vehículos de transporte internacional de carga y de transporte internacional de pasajeros, deben cumplir con los siguientes requerimientos:

Vehículos particulares

• Licencia de conducción

• Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente

• Documento de propiedad del vehículo

• El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible.

• Acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad en la unidad territorial que corresponda.

• Si el tránsito por el país es inferior a 3 meses, no requerirá de la revisión técnico- mecánica y de gases. El vehículo debe estar en óptimas condiciones mecánicas y de seguridad.

• Los documentos admisibles para el control migratorio son: Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía/cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).

• El periodo de permanencia habilitado por la Tarjeta de Movilidad Fronteriza y la cédula venezolana no deberá sobrepasar los siete (7) días calendario.

Motocicletas

• Licencia de conducción

• SOAT vigente

• Documento de propiedad del vehículo

• El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible

• Porte obligatorio de casco y chaleco reflectivo

• Prohibido la circulación de pasajero o parrillero hombre en la unidad territorial que corresponda.

• Acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad en la unidad territorial que corresponda.

• Si el tránsito por el país es inferior a 3 meses, no requerirá de la revisión técnico- mecánica y de gases. El vehículo debe estar en óptimas condiciones mecánicas y de seguridad.

• Los documentos admisibles para el control migratorio son: Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía/cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).

Servicio público transfronterizo colectivo (buses y busetas origen destino Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo – UEDF)

• Licencia de conducción

• Revisión técnico – mecánica

• SOAT vigente

• Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual

• Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo

• Permiso o tarjeta de operación o certificado de prestación del servicio CPS y el DT 9 o DT 10.

• El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible.

• El vehículo no puede superar los 24 años. Debe estar matriculado el 15 de marzo de 2000, de acuerdo a la Ley 2198 de 2022.

• Deberán circular por las rutas autorizadas con destino final las terminales autorizadas de transporte

• Se deben acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad

• No está permitido el uso de vidrios polarizados

• El propietario del vehículo debe registrarse en el área metropolitana o ante la autoridad de transporte competente para facilitar las labores de inspección, vigilancia y control tanto del orden territorial como nacional.

• Los documentos admisibles para el control migratorio son: Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía /cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).

Taxis

• Licencia de conducción

• Revisión técnico – mecánica

• SOAT vigente

• Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual

• Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo

• Permiso o tarjeta de operación

• El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible.

• El vehículo no puede superar los 24 años. Debe estar matriculado el 15 de marzo de 2000.

• Las rutas en el trayecto origen – destino se realizan bajo servicio de transporte puerta a puerta. El regreso se realiza sin pasajeros.

• Se deben acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad

• No está permitido el uso de vidrios polarizados

• El propietario del vehículo debe registrarse en el área metropolitana o ante la autoridad de transporte competente para facilitar las labores de inspección, vigilancia y control tanto del orden territorial como nacional

• Los documentos admisibles para el control migratorio son: Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía /cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).

Transporte internacional de carga

• Licencia de conducción

• Revisión técnico – mecánica

• SOAT vigente

• Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual para transporte internacional de mercancías por carretera.

• Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo

• Manifiesto de Carga Internacional expedido por la empresa autorizada.

• El vehículo y unidad de carga debe circular con sus placas en lugar visible

• Certificado de Habilitación

• Carta de Porte Internacional por carretera

• La carga deberá ser descargada y/o transbordada a los depósitos y/o almacenadoras habilitadas que se encuentren ubicadas en un rango no superior a veinte (20) kilómetros contados desde la frontera.

• Los documentos admisibles para el control migratorio son: Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía /cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).

Transporte internacional de pasajeros

• Licencia de conducción

• Revisión técnico – mecánica

• Seguro obligatorio SOAT vigente

• Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual para transporte internacional de pasajeros.

• Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo.

• Manifiesto y/o listado de pasajeros

• Permiso o tarjeta de operación

• El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible

• Los documentos admisibles para el control migratorio son: Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía /cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).

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