Foto PGN
La Procuraduría General de la Nación formuló cargos al director Territorial Norte de la Corporación Autónoma Regional del Tolima -CORTOLIMA-, Carlos Andrés Álvarez Rodríguez (2017-2018), por presuntamente defender los derechos de un ciudadano que le confirió poder en asuntos propios del cargo que ocupó, habiendo transcurrido aproximadamente cinco meses entre su desvinculación y su intervención en la diligencia.
Con este hecho, el exfuncionario habría incurrido en la prohibición establecida en el Código Disciplinario Único, que señala que hasta por el término de dos años después de haberse terminado su vínculo laboral, los servidores públicos no pueden representar de manera personal a un tercero, en asuntos relacionados con las funciones que cumplió en el organismo, entidad o corporación en la cual prestó sus servicios.
El Ministerio Público recordó que tal prohibición es una medida legítima dentro de una política de lucha contra la corrupción para garantizar la moralidad administrativa, y que la misma busca que la función pública se ejerza con transparencia e igualdad, y bajo criterios de efectiva legalidad, y sin direccionamiento a intereses particulares.
“lo que pretende la norma es evitar que los exservidores públicos pasen a beneficiar al sector privado con los conocimientos técnicos e información privilegiada de la cual hicieron acopio durante su permanencia al servicio del Estado, así como de los vínculos personales que les pudieren generar alguna prerrogativa”, expresa el Código Disciplinario Único.
En esta etapa procesal el ente de control calificó la falta de Álvarez Rodríguez como grave, cometida a título de dolo.
La Procuraduría Regional de Instrucción de Tolima señaló que los sujetos procesales podrán presentar descargos y/o solicitar o aportar las pruebas que consideren necesarias para su defensa. Y advirtió que, en cumplimiento de la separación de roles, el expediente se remitirá al despacho de juzgamiento competente para que adelante el juicio.
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