¡Por inconvenientes! Duque objeta 6 de los 159 artículos de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz

El presidente Iván Duque. Foto: Efraín Herrera – Presidencia.

Minuto30.com .- La noche de este domingo 10 de marzo Iván Duque, presidente de Colombia, durante alocución ante los colombianos informó que se objetarán 6 de los 159 artículos de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz.

“Queremos que haya paz en nuestra nación. No existe la falsa división entre amigos y enemigos de la paz. Pero queremos una paz que garantice de manera genuina la Verdad, la Justicia, la Reparación y la No Repetición” expresó Duque.

Enfatizó además que “Aquellos que han cumplido sus compromisos y hoy respetan la ley, no tienen nada que temer con nuestras objeciones”.

Algunos de los artículos a objetar son:

El Gobierno objeta por inconveniente el artículo 7 de la Ley Estatutaria de la JEP porque no establece de manera clara la obligación de los victimarios de reparar integralmente a las víctimas. Los victimarios deben reparar materialmente con sus bienes y activos a las víctimas, y agregó “Para buscar una genuina Reparación el Gobierno objeta por inconveniente el artículo 7 de la ley estatutaria de la JEP porque no establece de manera clara la obligación principal de los victimarios de reparar integralmente a las víctimas”.

Se objeta el Inciso octavo del artículo 63 y el inciso tercero del literal j del artículo 79 de esta ley: porque no determina el alcance de la competencia atribuida al Alto Comisionado para la Paz para verificar la lista de quienes son reconocidos como miembros de los Grupos Armados que se sometan a un proceso de paz”. Con respecto al Alto Comisionado para la Paz, este debe tener toda la competencia para la verificación de quienes hayan conformado un grupo armado y quieran someterse a un proceso de desmovilización, desarme y reinserción basado en la legalidad.

“El inciso tercero del literal j del artículo 79, lo consideramos inconveniente ya que no precisa las diligencias judiciales que la Fiscalía debe abstenerse de realizar. Esto genera una situación que perjudica los intereses de las víctimas”

“Se objeta el parágrafo 2 del Art. 19 sobre la renuncia a la acción penal frente a los crímenes de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra en relación con quienes no son máximos responsables. Esa renuncia a la acción penal es inconveniente porque constituiría impunidad”, según Duque

Con respecto al Art 150 sobre extradición de personas por conductas posteriores a la firma del acuerdo, es inconveniente debido a que no precisa lo que ya fue dicho en la ley de Procedimiento de la JEP cuando expresa que la Sección de Revisión del Tribunal de Paz no puede practicar pruebas, explicó el presidente de los colombianos.

El artículo 153 también se objeta por inconveniente “porque condiciona la extradición de otras personas al ofrecimiento de la verdad sin establecer ningún tipo de término ni oportunidad para hacerlo”.

“Cada una de nuestras observaciones busca la mejora y la corrección de la Justicia transicional para corregir estos aspectos y avanzar en la construcción de una paz que nos una” señaló el primer mandatario que “Juntos, la Rama Ejecutiva, el Legislativo y la Corte Constitucional, podremos reformar y diseñar una Jurisdicción Especial para la Paz que asegure a todos los colombianos genuina verdad, genuina justicia, genuina reparación y genuina no repetición”

En torno al actual ordenamiento constitucional sobre la Justicia transicional existen al menos tres aspectos que según explicó Iván Duque, el gobierno buscará que sean modificados, por lo que se presentará al Congreso una reforma constitucional del acto legislativo 01 de 2017 en estos tres puntos:

La exclusión de los delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes de la Justicia transicional: “Nada, ninguna ideología, absolutamente nada, justifica la aberrante agresión a los más vulnerables de la sociedad”

Quién reincida en las actividades criminales perderá todos los beneficios

Todas las conductas delictivas que se hayan iniciado antes del 1 de diciembre de 2016 y que continúen ejecutándose después de esa fecha serán competencia de la Justicia ordinaria para asegurar los principios de Justicia y No Repetición

Para finalizar, Duque recalcó que “No podemos tenerle miedo a abordar estos cambios de manera constructiva y sin ánimo de polarizar”.

Acá el video de la intervención del Presidente Iván Duque



2019-03-10

Publicado por:
SoloDuque

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