Foto: Supernotariado
La Superintendencia de Notariado y Registro emitió un decreto este jueves 9 de abril para reglamentar la prestación del servicio durante el Aislamiento Obligatorio Preventivo decretado por el Gobierno para evitar el contagio el coronavirus.
El documento define que “para aquellos círculos notariales que cuenten con una única notaría, se habilitará la prestación del servicio público notarial los días lunes, miércoles y viernes de 8:00 A.M. a 1:00 P.M siempre que se encuentren ubicadas en zonas de clima cálido y templado. A su vez, para las que se encuentren ubicadas en clima frío, el horario de prestación del servicio, será de 10:00 A.M. a 3:00 P.M.”.
Igualmente para los caso donde el usuario requiera con urgencia la prestación del servicio público notarial por fuera de los turnos establecidos, “el notario lo habilitará de forma oportuna y eficaz en aras de satisfacerlo, en especial a las personas vulnerables”.
Para el departamento de Antioquia los circuitos notariales en los que existan dos o más notarías, se estableció el sistema de turnos de la siguiente manera:
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