El Abogado Mateo Duque Giraldo nos hablará de incapacidades Médicas. Es importante que usted tenga en cuenta que hay dos tipos de incapacidades, las de origen laboral, es decir aquellas que se causan producto del trabajo que usted desarrolla, y las incapacidades de origen común, aquellas que son producto de enfermedades particulares que no se originan como consecuencia de la relación laboral.
Las enfermedades de origen laboral las cubren la administradora de riesgos laborales y desde el principio hasta el final de la incapacidad se le paga el 100% del salario al empleado; y las incapacidades de origen común las cubre la EPS y cuando pasa el tiempo el empleado sólo recibirá un porcentaje de su sueldo.
Reproduzca el video y solucione esta y otras dudas sobre las incapacidades médicas. Encuentre más contenidos del Consultorio Jurídico Digital aquí.
2017-08-05
Una crema facial que circula por internet y WhatsApp quedó en la mira de las…
El evento de lluvias duró cerca de cuatro horas y diez minutos. Medellín, Copacabana y…
Fue reportada como desaparecida el 4 de octubre en el barrio Popular
El caso es por el que se declaró insubsistente el nombramiento de Germán Miranda como…
Un operativo terminó con un hallazgo que prendió las alarmas: explosivos que tendrían como destino…
¿Tienen un hijo? En una de las habitaciones fue encontrado un permiso notariado para la…