Por la muerte violenta de dos jóvenes, producto de las balas disparadas por miembros del Ejército Nacional, la Procuraduría General de la Nación, mediante fallo de primera instancia, destituyó e inhabilitó por 20 años al cabo Primero Jáider Ariza Peña, adscrito para la época de los hechos al Batallón de Infantería Aerotransportado nro. 31 Rifles, compañía Cocodrilo Uno.
Los hechos se presentaron en Pela Huevo, camino que conduce al sector de El Quince, corregimiento de Puerto Valdivia (Antioquia), además que uno de los jóvenes era sordomudo y el otro presentaba problemas de audición.
Se estableció que el pelotón que reportó el hecho estaba dirigido por el cabo primero Jáider Ariza, por ello se le endilgó responsabilidad disciplinaria.
Se recaudaron testimonios de varias personas que manifestaron haber conocido a los dos jóvenes y señalaron que se dedicaban a trabajar en las veredas en diferentes labores, especialmente la agricultura.
Para el Ministerio Público es claro que el uniformado “desbordó la función pública asignada pues desvió esa actividad legítima del Estado y ejecutó una conducta que trascendió la misión constitucional de la Fuerza Pública como es la de protección de la vida e integridad de las personas cometiendo un acto ajeno al servicio (…)”.
Contra esta determinación disciplinaria de primera instancia procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria.
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