Minuto30.com .- En una decisión que marca un precedente importante en la forma en que el sistema judicial aborda los delitos cometidos bajo condiciones de extrema vulnerabilidad, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia emitió un fallo con un profundo enfoque humano y social.
El alto tribunal intervino oficiosamente en el caso de Leidy Tatiana Rojas Fierro, una ciudadana condenada por porte de estupefacientes, reconociendo que su actuar delictivo estaba intrínsecamente ligado a una vida de marginación, pobreza y adicción severa, por lo que ordenó su libertad y exigió la intervención de las autoridades de salud y del distrito.
El caso llegó a la Corte tras la condena inicial impuesta a Rojas Fierro, quien fue sorprendida en una calle del centro de Bogotá portando 225 gramos de cocaína. Sin embargo, al analizar el contexto de la procesada, los magistrados evidenciaron una cruda realidad social:
Adicción temprana: La mujer inició el consumo de sustancias psicoactivas desde que tenía apenas 12 años de edad.
Extrema vulnerabilidad: Para poder sostener su dependencia a las drogas, se veía forzada a ejercer la prostitución y a mendigar en las calles de la capital.
Ante este panorama, la Corte determinó que la mujer no actuaba como un eslabón del narcotráfico lucrativo, sino como una víctima de sus propias circunstancias de exclusión social y enfermedad.
A través de la Casación 61238, la Sala Penal resolvió casar oficiosamente (modificar de oficio) la sentencia del 19 de octubre de 2021 emitida por el Tribunal Superior de Bogotá. Las determinaciones legales fueron contundentes:
Reconocimiento de marginalidad: Se le reconocieron formalmente a Leidy Tatiana Rojas las circunstancias de marginalidad extrema.
Reducción de pena: Se le impuso una condena reducida de 16 meses de prisión y una multa simbólica equivalente a 0,33 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV).
Libertad inmediata: La Corte ordenó su libertad inmediata por pena cumplida, al haber superado ya el tiempo de condena establecido en la nueva resolución.
El punto más destacado de la sentencia (Quinto resolutivo) es el mandato directo que la Corte Suprema impone a las entidades del Estado para que no abandonen a la mujer una vez recupere su libertad.
El tribunal ordenó enviar copias de la decisión a dos entidades clave:
A la Alcaldía de Bogotá: Para que proceda a vincular a Leidy Tatiana de manera inmediata a un programa integral de rehabilitación.
Al Ministerio de Salud: Para que acompañe todo el proceso garantizando, como mínimo, atención en medicina general, medicina familiar y tratamiento psicológico.
La providencia dejó claro que contra esta determinación no proceden recursos, exigiendo el cumplimiento inmediato de las medidas para proteger la vida y la dignidad de la ciudadana.
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