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Fue revelado por la DIAN el calendario en el que los contribuyentes podrán pagar sus impuestos de renta el próximo año.
Indicó la Entidad que las personas jurídicas y demás contribuyentes deberán cumplir con la presentación de la declaración y pago de la primera cuota del impuesto de renta entre el 10 de abril y el 8 de mayo, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT.
La segunda cuota deberá ser cancelada desde el 13 hasta el 26 de junio del próximo año.
En el caso de los grandes contribuyentes, el plazo para pagar el valor de la primera de tres cuotas, se cumplirá entre el 8 y el 21 de febrero.
La presentación de la declaración y pago de la segunda cuota será entre el 10 y el 23 de abril, mientras que la tercera cuota deberán pagarla entre el 13 y 26 de junio de 2018, de acuerdo con el último dígito del NIT.
Los vencimientos para que las personas naturales declaren y paguen en una sola cuota comenzarán el 9 de agosto y terminarán el 19 de octubre.
La Dian también explicó que en cuanto a la sobretasa al Impuesto sobre la Renta y Complementario, en el caso de los grandes contribuyentes, el plazo para pagar el valor de la primera cuota se cumplirá entre el 10 y 23 de abril, mientras que la segunda cuota se cancelará entre el 13 y el 26 de junio, de acuerdo con el último dígito del NIT.
Las personas jurídicas deberán cumplir con el pago de la primera cuota de esta obligación entre el 10 de abril y el 8 de mayo, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT, mientras que la segunda cuota deberán pagarla entre del 13 al 26 de junio del próximo año, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.
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