La acción de tutela es, sin duda, uno de los pilares del Estado Social de Derecho en Colombia. Reglamentada desde que la Constitución de 1991, la consagró en su artículo 86, el procedimiento fue reglamentado mediante el Decreto 2591 de 1991, que estableció su carácter preferente, sumario, de acceso ágil, y eficaz, para proteger los derechos fundamentales frente a la acción u omisión de las autoridades y, en casos específicos, de particulares.
Su importancia práctica no es solo teórica, ya que en la última década, la acción de tutela se consolidó como el principal mecanismo de reclamación ciudadana. Después de años de crecimiento sostenido, en 2023, se registraron alrededor de 742.876 tutelas y en el 2024, la Rama Judicial, reportó cerca de (952.251) tutelas recibidas, una cifra, que muestra tanto la utilidad de la acción como la presión que ejerce sobre la capacidad operativa de los despachos judiciales.
¿Por qué la tutela es tan usada? Porque es el único un instrumento jurídico de mayor accesibilidad, de trámite preferente y con efectos inmediatos: permite a cualquier persona solicitar a un juez la protección urgente de un derecho fundamental que esté siendo vulnerado o amenazado. Eso ha permitido, por ejemplo, obligar a entidades públicas y privadas a garantizar atención médica, suministrar tratamientos o medicamentos, reconocer pensiones, proteger la libertad personal frente a detenciones arbitrarias y proteger otros derechos primordiales y básicos para las personas, cuando no existen otros recursos eficaces o rápidos.
Por otro lado, en cuanto a magnitud y beneficios concretos, las estadísticas recientes muestran el peso del derecho a la salud, como el primordial, dentro del universo de tutelas. El Ministerio de Salud, documentó específicamente que en el año 2024, decenas de miles de tutelas se presentaron por vulneraciones del derecho a la salud con cifras del orden de las centenas de miles dentro del total a nivel nacional, un fenómeno que ha obligado a la adopción de medidas administrativas y judiciales, para mejorar la entrega de medicamentos, citas, procedimientos e inclusión de tratamientos costosos. Esa dinámica, ha supuesto beneficios directos para los beneficiarios y el suministro de medicamentos, realización de procedimientos no otorgados por las EPS, acceso a camas y atención prioritaria, reconocimiento de prestaciones y, en muchos casos, la protección inmediata de la vida y la salud de los Colombianos.
Si buscamos una radiografía temática hasta el año 2025, la radicación de acciones de tutela, por temas ha sido de la siguiente forma: Salud: es el tema más tutelado ya que entre el 2023 y 2024 representó una proporción significativa del total de tutelas nacionales (centenares de miles), motivadas por negaciones de medicamentos, cirugías, citas y procedimientos.
Educación, seguridad social (pensiones y prestaciones), mínimo vital y debido proceso/privación de la libertad: aparecen como otros ejes recurrentes de tutela, según la estadística consolidada y los informes de instituciones del Estado y prensa, la tutela se ha usado para reclamar desde matrícula o inclusión educativa, hasta el reconocimiento de pensiones y la protección frente a detenciones arbitrarias, o dilaciones procesales.
Ese uso masivo, ha generado debates legítimos. Por un lado, la tutela ha sido un mecanismo de reparación y acceso efectivo a derechos para personas que, de otra forma, quedarían desprotegidas y en muchos casos, ha sido literalmente la vía que les permitió acceder a tratamientos que les salvaron las vidas. Por otro lado, el crecimiento explosivo de expedientes tutelarles implica congestión judicial y tensiones competenciales, ya que los jueces deben resolver asuntos complejos con medidas inmediatas y autoridades administrativas que ven invadida su toma de decisiones por providencias provisionales, pero que deben cumplirlas a toda costa.
Analizando las ventajas y tensiones, se explica la llamada a crear más políticas públicas eficaces, pero hay consenso entre jurisdicción, entidades de salud y académico/sector público, en que deben adoptarse políticas que reduzcan la necesidad de acudir a la tutela, y mejorar la oportunidad en la prestación de servicios, fortalecer canales administrativos eficaces, y corregir fallas estructurales, sin que ello signifique debilitar la tutela como derecho de último recurso. La jurisprudencia y las circulares administrativas y la propia Corte Constitucional) han insistido en su carácter subsidiario, pero también en su papel como termómetro de fallas institucionales en todos los organos del Estado.
En síntesis: la tutela no es solo una acción de amparo o un recurso procesal; es una herramienta de “JUSTICIA SOCIAL”, que ha traducido los mandatos constitucionales en resultados concretos para millones de colombianos. El reto para el futuro, es que esa herramienta conserve su eficacia sin convertirse en el sustituto natural de políticas públicas eficientes.
Por lo anterior, debemos Defender la acción de tutela, y defender además el acceso inmediato a derechos y pedir reformas que reduzcan la necesidad de acudir a ella. Es la paradoja que nos obliga a pensar la tutela no como un fin, sino como una exigencia para que el Estado cumpla con sus obligaciones.
¡Mientras el Estado no garantice derechos con oportunidad y calidad, la tutela seguirá siendo como nación la acción de amparo más importante en Colombia!.
POR: JENNIFER GALLÓN, ABOGADA DEFENSORA DE DERECHOS HUMANOS. @jennifergallonabogados
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