¡Vuelve y juega! Juez ordena a Petro retractarse en cinco días de sus señalamientos a Paloma Valencia por ‘falsos positivos’

El presidente Gustavo Petro ha recibido una orden del Juzgado 46 Administrativo de Bogotá para que se retracte y presente excusas públicas por las declaraciones que hizo en contra de la senadora del Centro Democrático, Paloma Valencia, a quien había señalado como “cómplice del asesinato de 6.402 jóvenes”, en referencia a los casos conocidos como ‘falsos positivos’.

El tribunal, al resolver una acción de tutela interpuesta por la congresista, determinó que el mandatario dispone de cinco días para cumplir con la obligación de rectificar sus afirmaciones, publicadas el 29 de septiembre a través de la red social X.

El fallo judicial fue contundente al sostener que las palabras del presidente constituyeron una “imputación directa sin sustento en procesos judiciales”.

Según la sentencia, este hecho vulnera los derechos fundamentales al buen nombre y la honra de la congresista, pues “excedió el marco del discurso político protegido” al atribuirle una responsabilidad penal inexistente a una servidora pública.

Los señalamientos del presidente, registrados en mensajes como: “Es bochornoso que los presidentes no pidan que los ejércitos no provoquen crímenes contra la humanidad. Como usted, Paloma Valencia, fue cómplice del asesinato de 6.402 jóvenes asesinados por las armas oficiales, no lo siente”, fueron el centro de la controversia.

La defensa jurídica de la Presidencia argumentó que las declaraciones se emitieron en un contexto de crítica política, pero el juzgado descartó esta tesis.

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La sentencia puntualizó que la rectificación debe realizarse a través de tres canales específicos: la cuenta oficial de Presidencia de la República en X, la cuenta institucional del Departamento Administrativo de la Presidencia, y la cuenta personal de Gustavo Petro en la misma red social.

La congresista Paloma Valencia había manifestado en su solicitud que el presidente “excedió los límites constitucionales de la libertad de expresión al no tratarse de una opinión sino de una imputación directa” que la afectaba gravemente, dado que nunca ha sido investigada ni sancionada por los hechos de los falsos positivos.

El fallo reitera los límites que la ley impone a la libertad de expresión para los funcionarios públicos, especialmente cuando comprometen la integridad de otros ciudadanos, y exige al presidente que se abstenga de realizar futuros señalamientos similares.

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Publicado por:
Melissa Noreña

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