Foto: Archivo/Referencia/Cortesía
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El Gobierno publicó el Decreto 847 de 2018 con el que reglamenta las medidas de orden público que regirán, de manera especial, para garantizar el orden público y la seguridad en las elecciones de este domingo.
El Decreto emitido por el Ministerio del Interior establece una serie de parámetros a seguir antes, durante y después de las elecciones del próximo 27 de mayo.
Ley seca: queda prohibida y restringida la venta y consumo de bebidas embriagantes desde las 6:00 p.m. del día sábado 26 de mayo, hasta las 6:00 a.m. del lunes 28 de mayo.
Porte de armas: quedan suspendidos los permisos del porte de armas de fuego en todo el país a partir del viernes 25 de mayo y hasta el miércoles 30 de mayo.
Tránsito de vehículos: alcaldes y gobernadores podrán restringir la circulación de vehículos automotores, embarcaciones y motocicletas (incluyendo parrillero), en desarrollo del proceso electoral para preservar el orden público.
Toque de queda: alcaldes y gobernadores podrán decretar el toque de queda en sus poblaciones por el tiempo que consideren necesario.
Transporte: sistemas masivos de transporte y empresas de transporte público que en general están obligados a prestar servicio público con mínimo el 80 % de su parque automotor con ocasión de los comicios.
Cierre de frontera: se ordena el cierre de los pasos terrestres y fluviales autorizados en frontera entre las 00:00 horas del 26 de mayo hasta las 4:00 p.m. del 27 de mayo.
Sin embargo, para el caso de la frontera con Venezuela hay medidas especiales, pues los cierres fronterizos se establecerán desde las 00:00 horas del 24 de mayo hasta las 00:00 horas del 28 de mayo de 2018 para la primera vuelta, y si hubiese una segunda vuelta presidencial el cierre se daría entre las 0:00 horas del 14 de junio y las 00:00 horas del 18 de junio de 2018.
2018-05-22
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