Foto/ilustrativa/Google
El presidente de la República, Iván Duque, sancionó el pasado miércoles 11 de agosto, una nueva ley que prohíbe el despido de los padres de familia cuando esté a la espera de un hijo.
Se trata de la Ley 2141 del 10 de agosto de 2021 “Por medio de la cual se modifican los artículos 239 y 240 del Código Sustantivo del Trabajo, con el fin de establecer el fuero de paternidad”, de la autoría del senador Didier Lobo Chinchilla.
“Se busca el amparo de los niños por nacer, cesar la discriminación de mujeres embarazadas no trabajadoras, a quienes se les garantiza el mínimo vital, extendiendo la prohibición de despido a sus cónyuges o compañeros”, dijo Chinchilla.
Además, la ley garantiza la estabilidad laboral de la mujer durante su licencia de maternidad, y la del cónyuge cuya pareja se encuentre en estado de embarazo y no tenga un empleo formal.
Del mismo modo, para poder despedir a una trabajadora durante el periodo de embazado, o tras las 18 semanas posteriores al parto, el empleador necesitará de la autorización del inspector del Trabajo, o del alcalde municipal en el caso de los lugares donde no haya inspector.
Sin embargo, la ley no aplica para los cónyuges cuya pareja tenga un trabajo permanente o estable.
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