¿Tienes una discapacidad? ¡Conoce tus nuevos derechos pensionales!

La reforma pensional propuesta por el Gobierno de Gustavo Petro, y aprobada por el Congreso de la República, traerá consigo modificaciones importantes en el sistema de pensiones en Colombia, que entrarán en vigor a partir de julio de 2025. Entre las modificaciones, se destaca el nuevo enfoque para la pensión por invalidez, que seguirá siendo reconocida, pero con cambios en los requisitos y criterios para su asignación.

Según la nueva normativa, se considerará inválida a una persona cuando haya perdido el 50 % o más de su capacidad laboral debido a causas no profesionales ni provocadas intencionalmente. Esta modificación refleja el esfuerzo por fortalecer los derechos de los trabajadores y jubilados en Colombia, permitiendo que ciertos casos cumplan con los nuevos requisitos para acceder a la pensión por invalidez.

Con la reforma, para acceder a la pensión por invalidez derivada de una enfermedad o accidente, los requisitos serán los siguientes:

  • Haber cotizado 50 semanas durante los tres años previos al evento que causó la invalidez.
  • En el caso de personas menores de 20 años, deberán haber cotizado al menos 26 semanas durante el año inmediatamente anterior al hecho que causó su invalidez.
  • Si el afiliado ha cotizado al menos el 75 % de las semanas mínimas requeridas para acceder a la pensión de vejez, solo necesitará acreditar 25 semanas cotizadas en los últimos tres años.

Además, la pensión será gestionada por Colpensiones, quien pagará la pensión por invalidez a través de una aseguradora encargada de expedir un seguro provisional.

El monto de la pensión dependerá del grado de discapacidad del afiliado. De acuerdo con la reforma, las personas que sufran una disminución de la capacidad laboral entre el 50 % y el 66 % recibirán un 45 % de su ingreso base de liquidación. Por cada 50 semanas adicionales a las primeras 500 semanas de cotización, se sumará un 1,5 % adicional a la pensión.

Si la disminución de la capacidad laboral es igual o superior al 66 %, la pensión será del 54 % del ingreso base de liquidación, con un incremento del 2 % por cada 50 semanas adicionales a las primeras 800 semanas de cotización.

Es importante señalar que, según la reforma, la pensión por invalidez no podrá superar el 75 % del ingreso base de liquidación.

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