“Jorge 40” no podrá acogerse como exparamilitar a Justicia de Paz de Colombia

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) denegó este viernes la solicitud de sometimiento a ese tribunal del exjefe paramilitar Rodrigo Tovar Pupo, alias “Jorge 40”, como exmiembro de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), aunque aceptó estudiar que se acoja en calidad de tercero.

“Jorge 40”, uno de los más sanguinarios jefes paramilitares, fue extraditado en 2008 a Estados Unidos donde paga una condena de 16 años y medio de cárcel por delitos asociados al narcotráfico.

La JEP es el tribunal que investiga los crímenes cometidos con ocasión del conflicto armado del país y es la columna vertebral del acuerdo firmado entre el Gobierno y la extinta guerrilla de las FARC.

En ese sentido, la JEP precisó hoy que la “decisión de rechazarlo como excombatiente” se tomó teniendo en cuenta que ese tribunal “no tiene competencia material sobre los exintegrantes de grupos paramilitares ni de otros grupos armados ilegales distintos a las FARC”.

LEY DE JUSTICIA Y PAZ

Las AUC se desmovilizaron en el 2006 tras un proceso de negociación con el Gobierno del entonces presidente colombiano Álvaro Uribe.

Como parte del acuerdo, los exparamilitares se acogieron a una Ley de Justicia y Paz, que contemplaba penas de máximo ocho años de cárcel a cambio de colaboración para esclarecer crímenes, pero algunos de los líderes como “Jorge 40” perdieron esos beneficios.

“El señor Rodrigo Tovar Pupo tuvo la oportunidad, en su calidad de exparamilitar, de someterse a Justicia y Paz, pero fue excluido de ella por no contribuir con la verdad a la cual estaba obligado y haber incumplido los compromisos que había asumido”, recordó hoy la JEP al defender su decisión.

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“La JEP no es una justicia subsidiaria a la de Justicia y Paz, ni un nuevo escenario de justicia transicional que pueda ser utilizado como una estrategia oportunista para evadir los procedimientos y sanciones de la justicia ordinaria”, agregó.

ALTERNATIVA COMO TERCERO

La JEP se mostró abierta a estudiar el sometimiento del exlíder paramilitar “como tercero”, para lo cual le solicitó que firme un “acta de compromiso”, presente “las pruebas que acrediten que financió y auspició organizaciones paramilitares desde finales del año 1996 hasta 1998 y envíe por escrito el compromiso concreto, claro y programado de verdad”.

La figura de sometimiento como “tercero”, explicó la JEP, aplica para miembros de las autodefensas “si y solo si, antes o después de portar armas, actuaron como terceros financiadores o colaboradores” en el conflicto.

Tovar Pupo solicitó en septiembre pasado su sometimiento a la JEP argumentando que fue “ideólogo, propulsor e integrante del proyecto de autodefensa”, que desarrolló estrategias “para enfrentar a la guerrilla fuera de los cánones institucionales” y que financió y auspició organizaciones paramilitares, desde 1996.

El exjefe paramilitar fue procesado bajo la ley de Justicia y Paz por los delitos de desplazamiento forzado, homicidio, tortura, desaparición forzada, reclutamiento ilícito y destrucción y apropiación de bienes protegidos, pero luego fue expulsado de ese mecanismo y extraditado a Estados Unidos.

EFE

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