Gobierno eliminó requisito de prueba covid-19 a viajeros hacía Colombia

Nueva condiciones para ingresar al país por vía aérea dispuso el Gobierno al eliminar el requisito de tener un resultado negativo de prueba PCR con hasta 96 horas de anterioridad al vuelo, para aquellos viajeros que necesitaran llegar a Colombia, el cual hasta la fecha existía.

La modificación se hace mediante resolución con la cual se establece que “los requisitos previos al vuelo son, en primera medida, no presentar fiebre o síntomas respiratorios asociados al covid-19. De igual manera, se impedirá el abordaje a aquellos viajeros que no hayan diligenciado previamente la aplicación Check– Mig”, destacó Julián Fernández Niño, director (e) de Epidemiologia y Demografía, añadiendo que estas disposiciones se hacen en el marco de la estrategia de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible (PRASS).

Por su parte, las aerolíneas deberán informar a sus pasajeros que al llegar aColombia serán objeto de seguimiento por parte de su asegurador, secretaría
de Salud o a través del Centro de Contacto Nacional de Rastreo CCNR. De la misma manera estas entidades, así como los operadores de los aeropuertos, tienen el compromiso de recordar a sus viajeros que el uso del tapabocas es obligatorio para toda persona mayor de dos años de edad durante todo el vuelo.

Otras responsabilidades de los viajeros

Se dispone en el nuevo acto administrativo que los pasajeros deben responder al rastreo y seguimiento estricto que realizará la EPS o la secretaria de Salud de la jurisdicción donde permanece, por lo cual esta medida aplica tanto para nacionales como para extranjeros.

Además, las personas deben reportar a estas instituciones si durante los 14 días posteriores a su viaje presentan síntomas sospechosos al covid-19 y seguir las medidas indicadas, las cuales serán costeadas por los viajeros en caso de no estar asegurado.

También se establece que los pasajeros que planean salir de Colombia deben ingresar al aeropuerto con 3 horas de anticipación para el abordaje al vuelo, hacer uso del tapabocas desde el ingreso a la terminal aérea, durante el vuelo y en el puerto de llegada; así como conocer todos los requisitos sanitarios del país de destino, tales como cuarentenas o pruebas.

En el vuelo

El nuevo acto administrativo, el cual modifica la Resolución 1627 de 2020,establece como requisito para las aerolíneas designar un baño exclusivo para la tripulación, siempre que haya suficientes para el uso de los viajeros y sin que se genere aglomeración. En tal caso, se deben asignar los baños según la ubicación de los pasajeros.

Se define además que cuando haya lugar a distribuir los alimentos, se debe hacer en contenedores sellados y preenvasados, y por ubicación de letras en la aeronave para evitar que los pasajeros de la misma fila coman al mismo tiempo.

2020-11-04

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Minuto30

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