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La Corte Suprema sentenció que los estudiantes que afecten la dignidad de otros a través de las redes sociales podrán ser expulsados de las instituciones siguiendo el debido proceso, de acuerdo con el tribunal en estos casos no se estará vulnerando su derecho a la educación.
La Corte llegó a esta conclusión estudiando el caso presentado de un joven que difundió fotografías íntimas de una compañera menor de edad en las redes sociales, el incidente fue evaluado por el colegio y finalmente el menor fue expulsado, por este motivo sus padres decidieron tutelar a la institución por estar infringiendo su derecho a la educación, solicitud que fue rechazada.
Para la Corte los colegios dentro de su autonomía “están facultados para aplicar el manual de convivencia cuando los estudiantes afecten la dignidad de otro estudiante por medios digitales, garantizando, en todo caso, el derecho al debido proceso”.
Además advierten que “el ejercicio de la liberta encuentra unos límites infranqueables en el respeto de los derechos ajenos” y dan como ejemplo el caso presentado: “una fotografía intima compartida en un chat, puede llegar a tener impactos inesperadamente sobredimensionados, mucho más allá de lo que pudieron inicialmente querer o pretender los involucrados”.
2018-07-04
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