El Comando de la Séptima División, invita al personal militar activo o en uso de buen retiro, que se consideren víctimas del conflicto armado y que aún no han iniciado su proceso de inclusión en el Registro Único de Víctimas o de acreditación ante la jurisdicción especial para la paz (JEP).
Quienes crean que cumplen con los parametros, se pueden acercar a la oficina jurídica integral, donde podrán recibir asesoría sobre estas inscripciones que se realizarán entre marzo y diciembre de 2021.
Estas personas para ser reconocidas, deben realizar la inscripción al Registro Único de Víctimas (RUV) y/o iniciar un proceso de acreditación como víctima dentro de la Justicia Especial para la Paz, y así acceder al reconocimiento de tal calidad.
Dato 1: De acuerdo a la Ley 1448 de 2011, el Estado colombiano ha establecido un conjunto de medidas judiciales, administrativas, económicas, individuales y colectivas, en beneficio de las víctimas a las que les vulneraron el Derecho Internacional Humanitario y las normas internacionales de los Derechos Humanos, ocurridos durante el conflicto armado interno.
Dato 2: De esta manera, el Estado reconoce que todo individuo y/o sus familias que sean consideradas víctimas en los términos que indica la norma, tienen derecho a la verdad, justicia, reparación y no repetición, sin importar quién sea el responsable de los delitos.
Dato 3: Asimismo, la Ley 1922 de 2018 y la Ley 1957 de 2019 establecen la posibilidad de acreditarse ante la JEP en los delitos cometidos por las FARC.
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