Destitución de elegidos por voto popular será decisión de un juez y no de la Procuraduría

Un fallo de la Corte Constitucional dejó sin facultades a la Procuraduría para destituir a alcaldes, gobernadores u otro funcionario elegido por voto popular.

La última palabra la tendrá un juez contencioso administrativo, por lo que las funciones que el Congreso le dio a la Procuraduría en 2021 con la reforma al código disciplinario que propuso Margarita Cabello, quedan sin efecto.

Es decir, que la Procuraduría seguirá investigando, instruyendo, pero este proceso tendrá que ser revisado por un juez del Consejo de Estado, o el Tribunal Administrativo, donde darán la última palabra.

Según la Corte, este nuevo parámetro es consecuente con el estándar de la convención interamericana y el fallo de la Corte de Interamericana de Derechos Humanos en el caso de Gustavo Petro, cuando el procurador Alejandro Ordoñez, lo destituyó de su cargo como alcalde de Bogotá, y este acudió a la CIDH, que falló a su favor reinstalandolo en su cargo y pidiéndo a las autoridades colombianas que garanticen que los elegidos por voto popular solo serán destituidos por un juez.

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