¡Pilas! Se acercan las fechas para declarar renta, la DIAN invitó a hacerlo desde casa en tiempos de Covid-19

La DIAN anunció una serie de herramientas para que alrededor de 3.5 millones de declarantes personas naturales les sea más sencillo cumplir con su obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios del año gravable 2019.

Según la DIAN, los vencimientos para la presentación de la declaración y pago en una sola cuota del impuesto inician el próximo 11 de agosto con los documentos de identificación terminados en 99 y 00, y finaliza el 21 de octubre con los dígitos 01 y 02.

Estas nuevas herramientas para hacer la declaración:

Micrositio Renta Personas Naturales Año Gravable 2019. Allí se encuentra de manera detallada toda la información referente a este impuesto.

“Hazlo tú mismo”. Es una guía que paso a paso orienta al contribuyente para diligenciar, presentar y pagar la Declaración de Renta.

Programa Ayuda Renta 2019. Es una herramienta gratuita, desarrollada por la DIAN, que permite elaborar un borrador de la Declaración de Renta, el cual le servirá para el posterior diligenciamiento del Formulario correspondiente.

Información Reportada por Terceros (Exógena). La DIAN pone a disposición la información que terceros han reportado, la cual puede ser consultada y usada como parte de la información financiera de la Declaración de Renta. El contribuyente debe ingresar como usuario registrado a través de www.dian.gov.co

Abecé. Describe los aspectos generales que se deben tener en cuenta como persona natural para el cumplimiento de esta obligación.

Calendario Declaración de Renta Vigencia 2019:

Foto: DIAN.

Quienes deben declarar renta

Los asalariados y las demás personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes en Colombia que en el año gravable 2019 cumplieron con alguna de las siguientes condiciones, están obligados a presentar la Declaración de Renta y Complementario por dicha vigencia, en el Formulario Oficial 210:

– Patrimonio bruto superior a $154.215.000 (4.500 UVT-Unidad de Valor Tributario) a 31 de diciembre de 2019.

– Ingresos brutos iguales o superiores a $47.978.000 (1.400 UVT) durante el año 2019.

– Consumos con tarjeta de crédito superiores a $47.978.000 (1.400 UVT) durante el año 2019.

– Compras y consumos totales superiores a $47.978.000 (1.400 UVT) durante el año 2019.

– Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a $47.978.000 (1.400 UVT) durante el año 2019.

– Ser responsable del Impuesto sobre las Ventas (IVA) al cierre del año gravable 2019.



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2020-08-03

Publicado por:
Minuto30.com