Foto ilustrativa.
Minuto30.com-. La Corte Constitucional le ordenó a la EPS Coomeva practicar una cirugía de prótesis mamaria a una joven de 18 años, quien, por medio de una tutela, aseguró que necesita la intervención porque sufre de una atrofia hormonal.
La joven afirmó a través de la tutela que ha sido objeto de burlas por parte de la sociedad.
Según la sentencia, a la joven le fueron vulnerados los derechos fundamentales a la dignidad humana, a la salud, al libre desarrollo de la personalidad y a la seguridad social.
La mujer interpuso la tutela contra la EPS Coomeva porque esta le negó el procedimiento, al advertir que no está dentro del Plan Obligatorio de Salud (POS) y por tratarse de una cirugía estética.
Sin embargo, la Corte Constitucional insistió que las EPS deben saber diferenciar los procedimientos estéticos que pueden hacerse dentro del POS bajo argumentos patológicos y no de belleza, como el caso de esta joven.
Las autoridades bolivianas lograron la materialización de una notificación roja de INTERPOL
Ciudadanos vivieron horas de angustia por cuenta de fuertes combates contra el Clan del Golfo…
El objetivo central de la Casa Blanca es "eliminar las redes terroristas"
El avión Hércules que se accidentó en Putumayo no tenía seguro vigente. Las investigaciones avanzan…
Abelardo de la Espriella no solo se afianza para llegar a la segunda vuelta, sino…