Foto sacada de redes sociales.
El máximo tribunal de lo contencioso administrativo en Colombia ha emitido un fuerte jalón de orejas que pone límites claros al manejo de las comunicaciones digitales en el país.
A través de dos sentencias recientes, el Consejo de Estado advirtió de manera contundente que las entidades públicas no pueden convertir sus perfiles oficiales en redes sociales en herramientas de propaganda política o en plataformas para replicar mensajes que no tengan nada que ver con sus funciones legales.
Esta decisión surge tras analizar comportamientos irregulares en los canales de difusión del Ministerio de Educación y la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR).
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Según el alto tribunal, la Superintendencia de Notariado y Registro se dedicó a trinar y compartir declaraciones del Presidente de la República sobre investigaciones a una EPS, un tema que, por lógica institucional, no tiene relación alguna con el registro de predios o las notarías.
El Consejo de Estado fue enfático al señalar que las entidades del Estado tienen la obligación de informar sobre sus trámites, servicios y gestiones propias, y no de actuar como cajas de resonancia de los mandatarios de turno.
Esta providencia judicial sienta un precedente vital para la transparencia en el uso de los impuestos de los colombianos.
La orden es clara: las cuentas oficiales deben ser canales informativos para el ciudadano y no plataformas de campaña o de ataque político.
El tribunal recordó que la publicidad estatal debe estar al servicio de la gente para que conozcan qué se está haciendo con el erario, evitando a toda costa favorecer a partidos, candidatos o gobiernos específicos.
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