Imagen tomada de /www.sic.gov.co
La Superintendencia de Industria y Comercio en su rol como autoridad nacional de protección al consumidor, sentenció a la compañía de telecomunicaciones Claro, porque estaba ofreciendo información inexacta sobre tarifas en el acceso al internet para estratos 1 y 2, lo que incurrió en un “acto irregular” que confundió a miles de clientes.
“Indujo en error, engaño y/o confusión a los usuarios, al difundir información incompleta e inexacta sobre las condiciones de acceso al servicio de internet fijo con tarifa social”, sentenció la SIC en un comunicado.
La SIC habría determinado que la compañía Claro, estaba condicionando el acceso de las tarifas sociales a la suscripción de contrato empaquetados, ya que no lo ofrecían de manera individual, situación que confundía a los potenciales beneficiarios con tarifas sociales, como pensionados discapacitados de la fuerza pública, sobrevivientes de las fuerzas militares o Policía Nacional que fallecieron en servicio.
Sin embargo, no se descarta que Claro apele para impugnar la multa de $2.463.000.000, estableciendo que no existe mérito para la sentencia, además, aseguró que aún no ha sido notificada por la SIC.
“La compañía informa que, en el marco del contrato con el MinTIC de ‘Incentivos a la Demanda’ para conectar a los estratos 1 y 2, dio total cumplimiento a lo establecido en el acuerdo, lo cual ha resultado en que a la fecha cerca de 240 mil hogares se han beneficiado con conectividad de internet fijo. Claro demostrará que su actuar se ajustó a lo establecido en el contrato y que no existe ningún mérito para la presente actuación. Ante esto, la compañía informa que no ha sido notificada por la SIC y que se trata de una decisión que no se encuentra en firme por lo cual presentará los recursos y acciones legales que sean necesarias para este caso”, declaró la compañía mediante un comunicado.
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