Foto tomada de https://www.fcv.org/
La Ley 2316 recientemente sancionada por el Presidente Gustavo Petro, establece nuevas disposiciones sobre el uso de biopolímeros.
El artículo 5 de esta ley, obliga a que el Ministerio de Salud incluya en tres meses en el Plan de Beneficios en Salud o POS, el diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y retiro de sustancias modelantes no permitidas, a personas que hayan sido afectadas por el uso de biopolímeros.
Además, deben incluirse medicamentos y tratamientos psicológicos, que el paciente requiera.
En el artículo 3 de esta Ley, se introduce un nuevo delito al Código Penal, tipificado como ‘lesiones con sustancias modelantes no permitidas’, estableciendo que quien inyecte o infiltre en el cuerpo de otra persona sustancias modelantes no permitidas incurrirá en prisión de 32 a 120 meses y multa de 150 a 250 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
“Si la conducta fuere cometida por profesional de la salud la pena será de 96 a 180 meses de prisión y multa de 200 a 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes y la inhabilidad para el ejercicio de su profesión por un término de 5 años”, señala la ley.
Esta conducta tiene agravante, si se realiza contra menores de 18 años, con engaños sobre la sustancia modelante no permitida, o llegara a afectar el rostro, aumentando la pena una tercera parte a la mitad.
La nueva disposición también establece un registro de control de ventas de las sustancias permitidas y la publicación de un listado de entidades y profesionales médicos habilitados para realizar procedimientos estéticos.
Para más noticias de Colombia.
En la grabación se logra dimensionar la hostilidad del ambiente que la transmisión oficial de…
Los departamentos jurídicos de la institución confirmaron que se instaurarán las denuncias correspondientes ante la…
El Ejército Nacional rindió honores a los militares fallecidos en Urrao, destacando que "entregaron su…
La concejal fue interceptada por hombres fuertemente armados que se movilizaban en motocicleta, quienes abrieron…