Marta Lucía Ramírez, primera candidata a la Presidencia de Colombia en inscribirse. Fotos

Ante la Registraduría Nacional del Estado Civil inscribió este jueves 20 de febrero su candidatura a la Presidencia de la República, Martha Lucía Ramírez Blanco por el Partido Conservador.

Esta es la primera candidatura que se oficializa para aspirar al primer cargo de la Nación, en la jornada comicial que se desarrollará el domingo 25 de mayo de 2014, quien además registró como candidato a la Vicepresidencia de la República a Camilo Alberto Gómez Alzate.

Los aspirantes a ocupar este cargo podrán inscribirse hasta el 7 de marzo de 2014, ante el Registrador Nacional del Estado Civil, Carlos Ariel Sánchez Torres cumpliendo con los requisitos necesarios para dicho trámite.

De acuerdo con el artículo 91 del Código Electoral, los candidatos a la Presidencia de la República deberán acreditar ante la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado que reúnen las calidades constitucionales requeridas para el cargo.

Esta Sala expedirá una certificación al respecto dentro de los siguientes seis días hábiles que se acompañará a la solicitud que se le formule al Registrador Nacional para la inscripción de la candidatura presidencial.

Hay dos formas de inscribirse a la Presidencia y Vicepresidencia de la República: la primera con el aval de un partido o movimiento político y la segunda apoyado por las firmas de un grupo significativo de ciudadanos.

Inscripción con aval

Para el caso de la candidata Marta Lucía Ramírez su inscripción es con el aval del Partido Conservador, por lo que su inscripción está regulada por el artículo 7 de la Ley 996 de 2005 que dice “Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, podrán inscribir, individualmente o en alianzas, candidato a la Presidencia de la República. La inscripción deberá ser avalada para los mismos efectos, por el respectivo representante legal del partido o movimiento”.

Dichos candidatos pueden ser escogidos a través del mecanismo de consulta o a través de acuerdos internos de cada partido. Para el caso de los aspirantes a la Presidencia de la República que sean elegidos mediante consulta, estos tienen plazo para inscribirse de acuerdo con el artículo 30 de la Ley 1475 de 2011 “dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la declaratoria de resultados de la consulta”.

La inscripción de los aspirantes a la Presidencia de la República se realiza únicamente ante el Registrador Nacional del Estado Civil, Carlos Ariel Sánchez Torres, en las instalaciones de Oficinas Centrales en Bogotá.

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