¡Donde se caiga se ahorca! Gatico amarrado 24/7 en un balcón de Santo Domingo Savio

Minuto30.com .- Un gatico permanece desde hace varios días atado a una cuerda en un pequeñísimo balcón en una vivienda de Santo Domingo Savio.

Según Denuncia Ciudadana llegada a Minuto30, el gatico está las 24 horas del día y los siete días de la semana amarrado con una cuerda de tal manera que “donde se caiga se ahorca”.

En videos que ha enviado la comunidad se puede ver en diferentes ocasiones al gatico en el mismo lugar, porque la cuerda no le daría ni para caminar.

Dicen los vecinos que el gatico permanece amarrado día y noche en el estrecho balcón de una casa de Santo Domingo Savio

Sin importar si es de día, de noche, o si hay lluvia o sol, el gatico permanece sentadito con la cuerda atada a su cuello.

La situación de presunto maltrato animal ocurre en en el barrio Santo Domingo Savio sector La Capilla, en la carrera 33 con calle 107, Comuna 1 de Medellín.

Dicen los vecinos que en la vivienda habrían más animales.

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Multas por Maltrato animal

Según la ley 1774 de 2016 “Los animales coma seres sintientes no son cosas, recibirán especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos, por lo cual en la presente ley se tipifican coma punibles algunas conductas relacionadas con el maltrato a las animales, y se establece un procedimiento sancionatorio de carácter policivo y judicial”.

Con respecto al Bienestar animal, dicha ley estipula que el responsable o tenedor de ellos asegurara coma mínimo:

1. Que no sufran hambre ni sed,
2. Que no sufran injustificadamente malestar físico ni dolor;
3. Que no les sean provocadas enfermedades por negligencia o descuido;
4. Que no sean sometidos a condiciones de miedo ni estrés;
5. Que puedan manifestar su comportamiento natural.

Ante tales “actos dañinos y de crueldad contra los animales descritos en la presente ley y que no causen la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud o integridad física de conformidad con lo establecido en el título XI-A del Código Penal, serán sancionados con multa de cinco (5) a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.

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2024-03-31

Publicado por:
SoloDuque

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