En lo corrido del año, en Bogotá se han realizado 146 transplantes de órganos

Foto: www.bogota.gov.co

Durante lo corrido de este año, la Secretaría de Salud ha gestionado la obtención de 121 órganos: 79 riñones, 33 hígados, 6 corazones y 3 pulmones, y la recepción de 25 órganos de otras regionales. Con estos órganos donados se han realizado 146 trasplantes, beneficiando a 123 personas.

En 2017, el porcentaje de trasplantes ha aumentado en un 32% con respecto al año pasado. Para el mismo periodo de tiempo (enero-abril), esta misma regional coordinó en 2016 el trasplante de 99 órganos: 69 de riñón, 26 de hígado, 3 de corazón y un pulmón, beneficiando a 79 personas.

Cifras

A abril de 2017, en Bogotá y los demás departamentos que comprenden la Regional No. 1 (Boyacá, Tolima, Cundinamarca, Amazonas, Vaupés, Vichada, Putumayo, Caquetá, Casanare, Meta, Guaviare y Guainía) se encontraban en lista de espera 2.814 pacientes activos, que necesitan de un órgano o tejido, en especial córneas.

En el caso de esta Regional, 1.677 pacientes están en lista de espera para órganos así: 1.562 de riñón; 85 de hígado; 22 de pulmón y 8 de corazón; 1.137 para tejidos oculares y 105 personas han sido evaluadas para trasplante de médula ósea.

Durante el periodo de enero a marzo de 2017, el promedio mensual de pacientes que ingresaron a lista de espera para un trasplante fue de 55 personas.

Si usted quiere donar, tenga en cuenta:

En vida se puede ser donante de órganos como un riñón, un segmento del hígado, un segmento del pulmón, y tejidos como membrana amniótica, células de cordón umbilical y médula ósea.

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Después de fallecido se pueden donar órganos como el corazón, pulmones, hígado, riñones, páncreas e intestino, y tejidos como córneas, piel, hueso, válvulas cardíacas y tendones.

Con la donación de órganos y tejidos, cada donante puede beneficiar más de 55 personas.

Para registrarse como donante voluntario de órganos y tejidos ingrese a la página del Instituto Nacional de Salud http://www.ins.gov.co y obtenga el carné como donante.

Según la ley 1805 de 2016 cualquier colombiano que en vida no haya expresado por escrito su negativa a donar órganos y tejidos, es un potencial donante. Quien no desee donar sus órganos y tejidos debe hacer una declaración ante notario público manifestando su negativa y enviarla al Instituto Nacional de Salud (INS) o al momento de afiliarse a una EPS, la cual tiene la obligación de enviar esta información al INS.

En el caso de los menores de edad, son los padres los que autorizan la donación por sus representantes legales.

Para mayor información sobre este proceso, puede comunicarse con la Secretaría de Salud de Bogotá, teléfonos 3649090 extensiones 9043 y 9665, o con el Instituto Nacional de Salud, teléfonos 2 20 77 00 extensiones 1703 – 1704 ó 2 20 09 25, http://www.ins.gov.co.


Fuente: Alcaldía de Bogotá

2017-05-03

Publicado por:
SoloDuque

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