Resumen: La Corte Suprema aumentó a 33 años y 4 meses de prisión la condena contra Mateo S. J. por el homicidio de su hijastro de dos años y cinco meses, ocurrido en 2017 en el barrio Cristo Rey de Medellín. La Procuraduría logró restablecer el agravante de indefensión, y la pena de 32 meses de la madre se mantuvo.
La Corte Suprema de Justicia aumentó a 33 años y 4 meses de prisión la condena contra Mateo S. J. por el homicidio de su hijastro, un niño de dos años y cinco meses, ocurrido en septiembre de 2017 en el barrio Cristo Rey, en Medellín. La pena subió más de 11 años frente a la decisión del Tribunal Superior de Medellín.
¿Qué pasó con el hijastro en Cristo Rey?
Los hechos ocurrieron en una vivienda del barrio Cristo Rey. Según la decisión, el menor murió por asfixia y presentaba signos de maltrato físico severo.
Mateo S. J. había sido condenado inicialmente a 37 años y 6 meses de prisión. Después, el Tribunal Superior de Medellín redujo la pena a poco más de 22 años al retirar los agravantes del homicidio.
¿Por qué subió la condena?
La Procuraduría General de la Nación cuestionó esa rebaja y pidió que se mantuviera el agravante de indefensión. Argumentó que el niño, por su corta edad, no tenía capacidad de defenderse ni de resistir el ataque de un adulto.
También recordó que esa circunstancia se había expuesto desde la imputación.
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¿Qué decidió la Corte Suprema?
En sentencia del 14 de octubre de 2026, la Sala de Casación Penal de la Corte acogió los argumentos del Ministerio Público y restableció el agravante. Con esa decisión, la condena quedó fijada en 400 meses de prisión, equivalentes a 33 años y 4 meses.
¿Qué pasó con la madre del menor?
La madre del niño fue condenada como coautora del homicidio por no impedir la muerte de su hijo. Su pena, de 32 meses de prisión, se mantuvo sin modificaciones.
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¿Cómo cambió la pena en el proceso?
El caso pasó por tres decisiones. Primero, una condena de 37 años y 6 meses de prisión. Después, el Tribunal Superior de Medellín la redujo a poco más de 22 años al retirar los agravantes. Finalmente, la Corte Suprema restableció el agravante de indefensión y fijó la pena en 33 años y 4 meses.
La diferencia entre la decisión del Tribunal y la de la Corte es de más de 11 años.
¿Cómo denunciar un caso de maltrato infantil?
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) tiene la Línea 141, una línea gratuita nacional para reportar emergencias, hacer denuncias o pedir orientación sobre casos de maltrato infantil, violencia sexual y otras situaciones que afecten a un niño, niña o adolescente. Cualquier adulto o menor puede llamar.
Según el ICBF, el equipo de la línea está conformado por psicólogos, abogados y trabajadores sociales, y activa el trabajo con las demás entidades del sistema de bienestar familiar y las autoridades competentes cuando hay un menor en peligro.
También se puede denunciar ante la Fiscalía, que tiene habilitada la Línea 122, y buscar apoyo jurídico y psicosocial para la familia en las Comisarías de Familia de Medellín.
¿Qué significa el agravante de indefensión?
El artículo 104 del Código Penal, en su texto vigente, incluye entre las circunstancias de agravación del homicidio colocar a la víctima en situación de indefensión o inferioridad, o aprovecharse de esa situación. El texto completo puede consultarse en la página del Senado.
En este caso, la Procuraduría sostuvo que un niño de dos años no puede defenderse de un adulto. La Corte aceptó ese argumento y por eso la pena volvió a subir.
Con esta decisión, la Corte Suprema cerró la discusión sobre el agravante de indefensión en un caso ocurrido hace más de ocho años en Medellín.
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