Resumen: Función Pública publicó para comentarios un proyecto de decreto que elimina el concurso público de mérito para conformar las ternas de directores regionales del Sena, el ICBF y el Invías. El representante legal de cada entidad armaría la terna, los gobernadores seguirían escogiendo y se mantienen los requisitos de formación y experiencia. Los concursos en curso podrían terminarse. Las observaciones se reciben hasta el 6 de noviembre de 2026 y aún no es decreto.
Sin concursos de mérito y por decisión del representante legal de cada entidad: así se armarían las ternas para escoger a los jefes regionales del Sena, el ICBF y el Invías, si el Gobierno de Abelardo de la Espriella saca adelante un borrador de decreto.
La propuesta es del Departamento Administrativo de la Función Pública, la dio a conocer Cambio y todavía no es norma.
Función Pública tiene en su sitio web, con fecha del 22 de octubre, el proyecto que modifica el Decreto 1083 de 2015 sobre la designación del director o gerente regional o seccional de los establecimientos públicos, y recibe observaciones del 23 de octubre al 6 de noviembre de 2026.
¿Qué cambiaría en la elección de los directores regionales?
Hoy, los concursos de mérito son el paso previo a la terna: se pasa por un proceso público y abierto, con convocatoria, pruebas de conocimientos y valoración de antecedentes, que se hace con apoyo de universidades u organismos especializados.
El borrador quita esa obligación. La terna la conformaría directamente el representante legal de cada entidad, es decir, quien dirige el Sena, el ICBF o el Invías, sin necesidad de abrir un concurso.
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El representante legal podrá pedir información, conceptos o evaluaciones técnicas para verificar la idoneidad, la formación y la experiencia de las personas que considere para la terna. Eso sí, quedaría a criterio de cada entidad.
Un director o gerente regional representa a la entidad en el territorio: coordina equipos, administra recursos y lleva a las regiones las decisiones de la dirección central. Por eso la forma de escogerlo define quién maneja programas y servicios que llegan directamente a la ciudadanía en cada departamento.
¿Qué se mantiene?
Sin los concursos de mérito, el proyecto no elimina los requisitos de formación y experiencia: quienes integren la terna deben cumplir lo que exige el manual de funciones y competencias laborales de cada institución.
Tampoco cambia el papel de los gobernadores. Ellos siguen escogiendo al director regional entre los tres nombres de la terna. Los plazos se mantienen: ocho días calendario cuando la regional cubre un solo departamento y quince días hábiles cuando abarca dos o más. Si vencen sin decisión, el representante legal de la entidad podrá elegir directamente a uno de los integrantes de la terna.
¿Qué pasaría con los concursos que ya están en marcha?
El borrador permite terminar los procesos abiertos si el representante legal justifica limitaciones administrativas, presupuestales o financieras que hagan inconveniente continuarlos. No ordena cerrarlos todos de manera automática.
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¿Por qué el Gobierno propone el cambio?
La memoria justificativa sostiene que el requisito de los concursos de mérito no viene de la Constitución ni de la ley, sino de normas reglamentarias anteriores, entre ellas el Decreto 1972 de 2002. Por eso, argumenta, puede modificarse con otro decreto.
Otro argumento es la naturaleza de los cargos. Los directores regionales son empleos de libre nombramiento y remoción, y Función Pública considera que exigir un concurso introduce rigidez en puestos que requieren dirección y una relación de confianza.
El documento también menciona los costos administrativos, las demoras en los nombramientos y las reclamaciones judiciales que pueden surgir en los procesos de selección. Con el fin de los concursos de mérito, dice, se agilizarían las designaciones y se optimizarían los recursos públicos.
¿Qué sigue para los concursos de mérito en las regionales?
El proyecto debe cerrar el periodo de comentarios, el 6 de noviembre, y luego avanzar en el trámite antes de una eventual firma. Si se expide, las reglas aplicarían a los establecimientos públicos del orden nacional que tienen direcciones o gerencias regionales, como el Sena, el ICBF y el Invías.
Mientras eso no ocurra, sigue vigente el procedimiento actual con concurso público y abierto. Cualquier persona o entidad puede enviar sus observaciones al correo habilitado por Función Pública: consultasnormativas@funcionpublica.gov.co.
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