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Corte Suprema le niega tutela a Santiago Uribe y la condena de 28 años sigue en pie

Su defensa alegó que se vulneró el debido proceso, pero la Corte tuvo otra lectura. Esto decidió el alto tribunal sobre el caso de Santiago Uribe.

Publicado por: Melissa Noreña

Corte Suprema le niega tutela a Santiago Uribe y la condena de 28 años sigue en pie
Foto sacada de redes sociales.
Corte Suprema le niega tutela a Santiago Uribe y la condena de 28 años sigue en pie

Resumen: La Corte Suprema negó la tutela de Santiago Uribe, que buscaba revivir una casación contra su condena de 28 años por el caso de Los 12 Apóstoles.

Este resumen se realiza automáticamente. Si encuentra errores por favor lea el artículo completo.

La Corte Suprema de Justicia le cerró otra puerta a Santiago Uribe Vélez, hermano del expresidente Álvaro Uribe. La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural negó la tutela con la que buscaba revivir un recurso de casación contra su condena a 28 años de prisión por el caso de ‘Los 12 Apóstoles’.

Se trata de la estructura paramilitar que operó en el norte de Antioquia durante los años noventa. La decisión se conoció este miércoles 7 de octubre y consta en una sentencia del 30 de septiembre de 2026.

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El 13 de noviembre de 2024, el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Antioquia lo absolvió y ordenó su libertad. La Fiscalía, el Ministerio Público y la parte civil apelaron. El 25 de noviembre de 2025, el Tribunal Superior de Antioquia revocó la absolución y lo condenó a 28 años, una multa de 6.500 salarios mínimos y otras sanciones accesorias.

Su defensa, liderada por el abogado Jaime Granados, presentó una impugnación especial. Sin embargo, el 3 de junio de 2026 la Sala de Casación Penal confirmó integralmente la condena. Dos días después, esa misma Sala rechazó de plano la casación que intentó interponer la defensa.

En la tutela, la defensa de Santiago Uribe alegó que se vulneraron sus derechos al debido proceso, la libertad, la igualdad y el acceso a la administración de justicia. Sostuvo que el trámite se cerró antes de que pudiera presentar formalmente la demanda y explicar sus cargos. Por eso, pidió suspender la condena y dejarlo en libertad.

La Corte no aceptó esos argumentos y concluyó que la Sala Penal no actuó de forma arbitraria. Explicó que la decisión sobre la impugnación especial fue adoptada por la Corte como tribunal de cierre, y contra ella no procede otra casación. Admitirla la convertiría en una especie de tercera instancia.

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