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¡Se acabaron los coches de caballos! Corte tomó decisión que cambia el turismo en Colombia

La tracción animal tienen una nueva fecha límite en Colombia. La Corte Constitucional tomó una decisión de alcance nacional.

Publicado por: Melissa Noreña

¡Se acabaron los coches de caballos! Corte tomó decisión que cambia el turismo en Colombia
Foto de archivo.
¡Se acabaron los coches de caballos! Corte tomó decisión que cambia el turismo en Colombia

Resumen: La Corte Constitucional prohibió la tracción animal con fines turísticos en Colombia. La decisión tendrá un periodo de transición de seis meses para sustituir los vehículos.

Este resumen se realiza automáticamente. Si encuentra errores por favor lea el artículo completo.

La tracción animal utilizada con fines turísticos en Colombia tiene los días contados. La Corte Constitucional declaró inexequible la expresión “turísticas” contenida en la Ley 2138 de 2021, norma que contemplaba una excepción para el uso de vehículos de tracción animal destinados a este tipo de actividades.

La decisión fue adoptada por la Sala Plena durante una sesión realizada en Bucaramanga y corresponde a la Sentencia C-310 de 2026, con ponencia del magistrado Héctor Alfonso Carvajal Londoño.

El tribunal consideró que permitir el uso de animales para actividades recreativas de carácter turístico no constituye un límite constitucionalmente admisible al deber de protección animal.

El pronunciamiento tiene alcance nacional y afecta, entre otros casos, a los tradicionales coches turísticos tirados por caballos. La Corte señaló que la excepción analizada permitía someter a los animales a un sufrimiento que, según su valoración constitucional, resulta innecesario para desarrollar actividades de recreación.

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Sin embargo, la tracción animal no desaparecerá de manera inmediata. La Corte decidió aplazar durante seis meses los efectos de la sentencia para permitir que las autoridades territoriales pongan en marcha programas de sustitución de estos vehículos y medidas de reconversión laboral para las personas que dependen económicamente de esta actividad.

Durante este periodo, departamentos, distritos y municipios deberán avanzar en alternativas para quienes actualmente obtienen sus ingresos mediante los servicios turísticos prestados con vehículos de tracción animal.

La decisión también tiene especial relevancia para ciudades como Cartagena, donde durante los últimos años se ha avanzado en la sustitución de los tradicionales coches de caballos por vehículos eléctricos.

De esta manera, el fallo establece un periodo de transición antes de que entre plenamente en vigor la prohibición para las actividades turísticas y deja en manos de las entidades territoriales la implementación de los programas de sustitución y reconversión laboral.

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