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La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia declaró penalmente responsable a Julio Ibargüen Mosquera, gobernador del departamento del Chocó en el periodo 2004 a 2007, como autor del concurso homogéneo y heterogéneo de los delitos de prevaricato por acción y peculado por apropiación a favor a terceros.

Los hechos objeto de investigación y posterior juzgamiento se circunscriben a la expedición de las resoluciones 0451 y 0452 del 27 de marzo de 2007 y 0725 del 30 de abril de ese mismo año, actos administrativos que desconocieron el ordenamiento jurídico, con los cuales autorizó el giro de avances a nombre del, en ese entonces, secretario de Hacienda del departamento, Roger Pastor Mosquera Lozano, permitiendo así la apropiación de la suma de $114.093.630, en detrimento de los caudales del ente territorial.

Por lo tanto, lo condenó en primer grado a la pena principal de 80 meses de prisión, multa equivalente a 319 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena aflictiva de la libertad, sin concederle la suspensión condicional de la ejecución de la pena, ni la prisión domiciliaria, supeditando la orden de hacer efectiva la prisión cuando adquiera firmeza la sentencia, ya que procede el recurso de apelación ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.

Así informa la Corte Suprema el fallo en contra del exgobernador del Chocó

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