Foto tomada para ilustrar.
A través de la Resolución 051 del 12 de enero de 2023, se anunció la adopción de la regulación única para la atención integral en salud frente a la Interrupción Voluntaria del Embarazo -IVE-, dando alcance a las condiciones previstas por la Corte Constitucional en las sentencias C-355 del 2006 y SU-096 de 2018.
La reglamentación prevé que la atención integral en salud para la garantía de la IVE, se debe brindar bajo estándares de calidad, entre los que señala la oportunidad, disponibilidad, accesibilidad, seguridad, integralidad, pertinencia, satisfacción, eficacia, eficiencia y continuidad que orientan al sistema de salud.
El acceso a la atención integral para la IVE, se brindará a partir de la expresión de la voluntad de la niña, adolescente, mujer o persona gestante, según precisa la Resolución.
El acto administrativo indica, además, que el término “mujer incluye niñas y adolescentes y, el término personas gestantes incluye a toda persona con capacidad biológica de quedar en embarazo y atravesar el proceso de gestación, lo que abarca hombres transgénero, transmasculinidades, personas no binarias o personas intersexuales, sin excluir otras identidades de género con las cuales la persona se autoreconozca.
El artículo 7º de la disposición, precisa que los profesionales de la salud deberán identificar la configuración de alguna de las tres causales contenidas en la sentencia C-355 de 2006 de la Corte Constitucional cuando presten la atención integral en salud para la IVE después de la 24 semana de gestación, esto es, entre otros:
– Riesgo para la vida o la salud física, mental o social de la mujer o persona gestante
– La existencia de una grave malformación del feto que implique que éste probablemente no vivirá
– Cuando el embarazo sea resultado de una conducta constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento
Por lo demás, el instrumento detalla en cinco los estándares de protección que constituyen las garantías mínimas para la atención integral en salud en el IVE.
Estos estándares son: Información oportuna, suficiente y adecuada; accesibilidad y disponibilidad de los servicios de salud; derecho a decidir de manera libre; deber de la confidencialidad y, finalmente, derecho a la intimidad.
De otra parte, la atención en salud y los procedimientos para la interrupción voluntaria del embarazo están exentos de copagos y cuotas moderadoras, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 1652 de 2022.
"Si no te robas las elecciones, seré yo el único capaz de hacerte pagar por…
El proyecto ya evidencia avances en viaducto, estaciones y la llegada progresiva de trenes al…
Los automotores fueron ubicados en distintos puntos de la ciudad y devueltos a sus propietarios…
El artista reaccionó con humor ante el imprevisto y continuó su presentación sin detener el…
Las víctimas fueron identificadas y las autoridades avanzan en la investigación para esclarecer las causas…
Los artefactos, presuntamente instalados por el ELN, ponían en riesgo directo a la población civil.