En Colombia confundimos el control con la prohibición. Desde 2002 los gobiernos han impuesto, por vía de directriz, la política del “uso excepcional” de los anticipos: primero se ejecuta, después se paga. Hoy el Estado autoriza anticipos de hasta el 20 % únicamente en contratos por debajo de diez mil millones de pesos, y ni un peso por encima de esa cifra (Ámbito Jurídico, s. f.). Se vendió como una vacuna contra la corrupción. Terminó siendo un filtro de entrada.
Porque cuando el contratista debe financiar la obra entera de su bolsillo, el criterio que decide quién construye deja de ser la experiencia técnica y pasa a ser el músculo financiero. Los propios gremios de infraestructura lo han advertido: la medida concentra la contratación pública en unas pocas manos y privilegia la capacidad financiera sobre la idoneidad y la trayectoria. Eso no es una opinión de café. Es la descripción de un mercado cerrado, con una casta de siempre firmando lo grande y el resto peleándose las migajas.
Y las migajas son literales. El umbral para que una convocatoria pueda limitarse a mipymes quedó en 511.708.497 pesos para 2026, unos 125.000 dólares, conforme al artículo 2.2.1.2.4.2.2 del Decreto 1082 de 2015. Por encima de eso, la microempresa y la mediana compiten de tú a tú con conglomerados que tienen líneas de crédito abiertas y respaldo bancario. Es una carrera donde a unos les dan carro y a otros bicicleta.
Ahora sumemos el segundo problema, que es el que quiebra empresas: el pago. La Cámara Colombiana de la Infraestructura denunció que el Invías les debe más de un billón de pesos a sus contratistas, y en junio de 2026 pidió al Ministerio de Hacienda garantizar 500.000 millones para evitar la parálisis de 55 proyectos estratégicos, entre ellos la variante San Francisco–Mocoa, la Troncal del Catatumbo y la Conexión Alta Guajira (El Heraldo, 2026). Son obras ya ejecutadas, actas firmadas, plata que no llega. Sin anticipo al inicio y con actas parciales que se atrasan, el flujo de caja se rompe: el contratista se endeuda para pagar nómina y materiales, el rezago se acumula, y la empresa que ganó por mérito técnico se declara insolvente a mitad de proyecto.
Hay un tercer riesgo del que casi nadie habla en voz alta. Cuando la ley obliga a poner un capital propio que muy pocos en este país tienen, alguien va a poner ese capital. Colombia habría lavado más de 2.500 millones de dólares en 2022, y la infraestructura figura entre los sectores más expuestos a la cooptación criminal (Infobae, 2025). Un modelo que exige liquidez inexplicable es, por diseño, una posible invitación abierta al dinero que sí la tiene.
Por eso respaldo sin matices lo que anunció la Presidencia. El proyecto de ley de destrabe, radicado con mensaje de urgencia para simplificarle la vida a las mipymes y el nuevo esquema tarifario progresivo del Registro Único de Proponentes que regirá desde enero de 2027, van en la dirección correcta: bajar las barreras de entrada en lugar de subirlas.
Pero falta lo esencial. Hay que regular el anticipo, no seguir prohibiéndolo. Fiducia mercantil irrevocable, cuenta bancaria de manejo conjunto, plan de inversión aprobado, garantías proporcionales y topes diferenciados por tamaño de empresa. Los criterios diferenciales para el acceso de las mipymes al sistema de compra pública ya están en la ley (Ley 2069, 2020, art. 31); lo que falta es voluntad para aplicarlos. El control existe y está en la norma. Lo que no puede seguir existiendo es un sistema que solo beneficia a pocos y le cierra la puerta a muchos.
¡Cayó alias “Comandante 7”, objetivo de alto valor de Ecuador!
Una ambulancia arribó al lugar, pero confirmaron que el ciudadano mexicano ya no presentaba signos…
Con esta firma, el '10' de la Selección Colombia buscará recuperar su ritmo competitivo en…