Menú Últimas noticias
Pico y Placa Medellín Lunes: 6 - 9 6 - 9
Pico y Placa Medellín Lunes: 6 - 9 6 - 9
Minuto30 App

¡Instala nuestra App Web!

Agrega Minuto30 a tu pantalla de inicio para acceder más rápido a las noticias.

¿Ya revisó si recibe prima a mitad del año 2023?

La prima no debe ser liquidada para los trabajadores que perciben salario integral, ya que esta se encuentra incluida en el 30 % que debe otorgarles por factor prestacional.

Publicado por: Minuto30

prima
Foto: Archivo

La prima de servicios es una prestación social otorgada a los trabajadores dependientes 2 veces al año.

La prima de servicios es una prestación social que debe ser otorgada por los empleadores a los trabajadores como una compensación, dados los beneficios que generan en la prestación del servicio, y, a su vez, como un reconocimiento del valor social y económico que representa el trabajo.

Existen personas que no reciben la prima de servicio

La prima no debe ser liquidada para los trabajadores que perciben salario integral, ya que esta se encuentra incluida en el 30 % que debe otorgarles por factor prestacional.

Esto es así porque el salario integral se encuentra conformado por dos factores (numeral 2 del artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo –CST–):

El código sustantivo de trabajo dice:”No obstante lo dispuesto en los artículos 13, 14, 16, 21 y 340 del Código Sustantivo del Trabajo y las normas concordantes con éstas, cuando el trabajador devengue un salario ordinario superior a diez (10) salarios mínimos legales mensuales, valdrá la estipulación escrita de un salario que además de retribuir el trabajo ordinario, compense de antemano el valor de prestaciones, recargos y beneficios tales como el correspondiente al trabajo nocturno, extraordinario o al dominical y festivo, el de primas legales, extralegales, las cesantías y sus intereses, subsidios y suministros en especie; y, en general, las que se incluyan en dicha estipulación, excepto las vacaciones”

Factor salarial: diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes –smmlv–, equivalentes a $11´600.000 para 2023.

Factor prestacional: tres (3) smmlv o el 30 % del factor salarial, equivalente a $3’480.000 para 2023.

En dicho factor prestacional, que para el año 2023 equivaldrá como mínimo a 3´480.000, se encuentra incluido el pago de la prima.

Por otra parte, la prima tampoco se liquida para los trabajadores vinculados mediante contrato por prestación de servicios o contrato de aprendizaje; solo debe ser percibida por aquellos trabajadores que cumplan la condición de empleado dependiente.

¿Cuándo debe recibir la prima prestacional?

Primer período: comprendido entre el primero (1) de enero y el treinta (30) de junio de cada año. Esto supone que el empleador tiene plazo para realizar el pago de esta prestación hasta esta última fecha.

Segundo período: comprendido entre el primero (1) de julio y el treinta (30) de diciembre. Este período debe liquidarse y pagarse a más tardar el veinte (20) de diciembre.

¿Sabe cómo se calcula la prima prestacional?

El salario base para calcular la prima de servicios es el promedio de lo devengado en los seis (6) meses anteriores a su causación y su liquidación debe realizarse por semestre laborado o proporcionalmente al tiempo trabajado, de la siguiente manera:

Fórmula: salario + auxilio de transporte × número de días laborados / 360.

Más noticias de Colombia

Author Signature
Minuto30 Agencias

Lo que leas hoy en minuto30... Mañana será noticia.


Anuncio
Minuto30 TV

Fico Gutiérrez muestra imágenes inéditas de los que armaron desmanes en el Atanasio

Comentarios

Valoramos la moderación y el respeto en nuestras conversaciones. Gracias por contribuir a un espacio positivo.