Reactivan las visitas en establecimientos penitenciarios y carcelarios del país
Foto: @INPEC_Colombia

El Ministerio de Salud y Protección Social y el Ministerio de Justicia y del Derecho emitieron la circular conjunta 021 de 2021, por medio de la cual se imparte la instrucción de permitir las visitas de los cónyuges y familiares a la población privada de la libertad de todo el país.

Julián Fernández Niño, director de Epidemiología y Demografía del Ministerio de Salud, manifestó, «es necesario salvaguardar el derecho a la salud mental, emocional y psicosocial de las personas privadas de la libertad, en igualdad de derechos con todos los colombianos, considerando que se pueden realizar visitas con las precauciones pertinentes”.

El funcionario, también explicó que aunque la reactivación de las visitas son de orden nacional, aclaró que el INPEC y las Secretarías de Salud determinarán la pertinencia y condiciones de la reactivación o restricción, de acuerdo con la situación epidemiológica particular.

Por su parte, el Minsalud dio recomendaciones a través de la Resolución 313 del 10 de marzo de 2021, en la cual se actualiza el protocolo de bioseguridad para los Establecimientos Penitenciarios y Carcelarios – ERON.

Y ¿Si surgen brotes de Covid-19 por las visitas?

Fernández Niño apuntó que “ante la emergencia de brotes, se debe hacer la investigación epidemiológica de campo y el aislamiento temprano de casos y contactos lo más pronto posible, y podrán determinarse restricciones de las visitas, pero estas deberán ser temporales, mientras se cierra el conglomerado, termina el aislamiento de los casos involucrados en los conglomerados y se dan las condiciones preventivas para reabrir los más pronto posible las visitas; puesto que los riesgos del Covid-19 son importantes, pero los riesgos para la salud mental también”.

También habló de la importancia de mantener en actualización continua y periódica de las medidas sanitarias, adaptadas al surgimiento de nuevos hechos y evidencias científicas, así como a las necesidades excepcionales y específicas de la población privada de la libertad.

Dato: Cabe resaltar que este grupo poblacional hace parte de la etapa 4 del Plan Nacional de Vacunación contra el covid-19, por su condición de vulnerabilidad y alto riesgo de contagio.

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