
El superintendente de Salud, Fabio Aristizábal Ángel. Foto: Supersalud
Minuto30.com-. El superintendente de Salud, Fabio Aristizábal Ángel, ordenó una medida de vigilancia especial, por tres meses, a Estudios e Inversiones Médicas S.A Esimed, que comenzará a regir a partir de la fecha.
Adicionalmente, y como una medida para robustecer el control, se ordenó la remoción del revisor fiscal y se designó a la Sociedad Auditoría y Gestión Ltda. como contralor, quien a su vez tendrá la tarea de realizar seguimiento y monitoreo sobre los aspectos relacionados con la situación administrativa, financiera, jurídica, laboral y técnico científica de la entidad.
Asimismo, la Supersalud estableció órdenes de inmediato cumplimiento que Esimed deberá ejecutar durante los tres meses de vigencia de la medida, que incluyen: el cumplimiento de los requisitos de habilitación de la totalidad de los servicios ofertados en todas sus sedes; y en caso de evidenciar incumplimiento, tendrán que abstenerse de ofertar o prestar los servicios, y de forma inmediata reportar la novedad de cierre a la secretaria de salud correspondiente y deberá presentar un informe quincenal donde se evidencien las medidas adoptadas para garantizar el cumplimiento de las órdenes.
Las medidas fueron adoptadas mediante las Resoluciones 9643 y 9642 del 12 de septiembre de 2018 y de acuerdo con el superintendente de Salud, la decisión se da como resultado de labores de inspección adelantadas por la entidad en el mes de junio de 2018 a las sedes: Esimed calle 80 en Medellín, Esimed Santa Marta, Clínica Jorge Piñeros Corpas y la Sede Nacional ubicada en Bogotá, en las que se encontraron, entre otras:
- No existe evidencia de la implementación de un programa de tecnovigilancia, ni el mantenimiento a la totalidad de equipos biomédicos propios, en arriendo o comodato, debido a que no existe un cronograma que soporte las revisiones periódicas de mantenimiento preventivo y/o calibración de los equipos, en consecuencia la entidad no puede asegurar la disponibilidad, funcionalidad, operatividad y consevación de los equipos en todas las sedes a nivel nacional.
- No garantiza la prestación de los servicios de salud de manera accesible, oportuna y continuada, todavez que no presenta disponibilidad de agenda de algunas especialidad estando habilitadas, esto es, ortopedia, cardiología, medicina interna, radiología e imágenes diagnósticas.
- No garantiza la prestación de los servicios de salud de manera segura, toda vez que, no tiene implementado el “Programa de Seguridad del Paciente” para la identificacion y gestión de eventos adversos.
- No tiene implementadas las directrices y procedimientos determinados por Minsalud, en relación con los procesos básicos de la vigilancia en salud pública en sus procesos de atención.
- No incluyen acciones preventivas, indicadores y estándares que permitan precisar los parámetros de calidad esperados en los procesos de atención.
La Supersalud encontró hallazgos, entre asistenciales y administrativos que, según Aristizábal, eran un conjunto de factores comunes en todas las sedes de la Entidad que fueron visitadas, a los cuales se suman los hallazgos remitidos en su momento por las secretarías de salud de Antioquia, Risaralda y Bogotá, que afectan la adecuada prestación de servicios de salud y ponen en riesgo la seguridad de los pacientes y la calidad de los mismos.
Instancia de Seguimiento
Paralelo a las acciones contempladas bajo la medida de vigilancia especial, la Supersalud, resolvió la creación de una instacia de seguimiento, en cabeza del superintendente de Salud y conformada por los superintendentes delegados, el asesor jurídico de la Entidad y el procurador general o su gelegado de la Salud, Protección Social y Trabajo Decente.
Esta instancia de seguimiento, tendrá entre otras funciones:
- Realizar un seguimiento y monitoreo a la actividad de Esimed.
- Servir como instancia de participación y monitoreo de los servicios prestados por Esimed a los usuarios.
Esta instancia tendrá un periodo de funcionamiento inicial de tres meses y será prorrogable en caso de requerirse.
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