El Abogado Mateo Duque Giraldo nos hablará de la indemnización a cargo del Estado por daños ambientales producidos por la actividad o inactividad del estado; lo que puede ocasionar perjuicios que deber ser pagados a quienes los sufren.

Inicialmente, usted debe saber que la responsabilidad patrimonial del Estado en temas ambientales se configura cuando en cumplimiento de sus funciones, ya sea por acciones o por omisiones, ocasiona situaciones que dañan o ponen en peligro elementos ambientales y/o ecológicos.

Es importante que sepa que el principio de prevención, es el postulado en virtud del cual, el Estado, debe propender por tomar las medidas necesarias para evitar posibles contingencias ambientales tras la realización de una obra o proyecto.

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Charlie Yncio

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