Verónica Alcocer pierde su nombramiento como ‘embajadora en Misión Especial
Foto: Tomada de redes sociales
Verónica Alcocer pierde su nombramiento como ‘embajadora en Misión Especial’

Resumen: El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha anulado el decreto que nombraba a Verónica Alcocer como ‘embajadora en Misión Especial’. Esta decisión, motivada por una demanda presentada por infracción normativa, ha generado polémica y críticas debido a la controversia que rodeó su designación. El fallo del tribunal marca un hito en la lucha por el cumplimiento de las normas éticas y legales en el ejercicio de la función pública.

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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha anulado el decreto mediante el cual se nombraba a la primera dama, Verónica Alcocer, como ‘embajadora en Misión Especial’.

Esta decisión ha generado gran polémica y críticas debido a la controversia que rodeó su designación.

La demanda que llevó a la anulación del decreto fue presentada por Harold Eduardo Sua Montaña. Este argumentó que el nombramiento de Alcocer como embajadora en misión especial para justificar su viaje al Vaticano “fue expedido con infracción de una norma”.

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Según el demandante, el acto de designación de Verónica Alcocer como embajadora en misión especial a la Ciudad del Vaticano fue expedido con infracción de una norma sobre la cual debería estar fundada.

Por lo tanto, el decreto se consideró nulo conforme a la remisión normativa al artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establecida en el inciso primero del artículo 275 de dicho código.

El fallo se basa en que el decreto firmado por el presidente Gustavo Petro para permitir que su esposa asistiera a varios viajes no cumplía con el artículo de la Constitución que prohíbe a los servidores públicos nombrar, postular o contratar con personas con las cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, o con quien estén ligados por matrimonio o unión permanente.

Fallos del Tribunal:

  1. Declarar la nulidad del artículo 1 del Decreto No. 0035 del 12 de enero de 2023, expedido por el señor Presidente de la República, “Por medio del cual se confiere una comisión de servicios”.
  2. Ejecutoriada esta providencia, archívese el expediente y devuélvanse los anexos sin necesidad de desglose.

El fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca marca un hito en la lucha por el cumplimiento de las normas éticas y legales en el ejercicio de la función pública.

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Laura Martínez

Comunicadora Social de la Universidad Católica de Oriente con énfasis en el desarrollo humano, apasionada por la radio, las letras y el periodismo judicial

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