Bogotá - calidad del aire - pico y placa regional
Foto ilustrativa.

Los vehículos de carga liviana a gas harán parte de las excepciones a la medida de pico y placa en Bogotá gracias al Decreto 546 de 2021, expedido por la Administración Distrital.

La iniciativa, liderada por las secretarías de Ambiente y Movilidad, incentiva las prácticas que contribuyen a un mejor aire y la reactivación económica en Bogotá.

Por lo anterior, el Decreto Distrital 546 de 2021 exime de la restricción de circulación ambiental los sábados, a los vehículos mayores de 20 años convertidos a gas; también extiende el plazo por seis meses para establecer la regulación de cargue y descargue de mercancías en la ciudad, facilitando la adaptación de las empresas al piloto, en horarios no convencionales (tardes y noches), que desarrolla el Distrito.

“Con estas medidas buscamos que los pequeños transportadores de carga cuyos vehículos hayan sido convertidos a gas puedan trabajar los sábados y de esta forma contribuir con la reactivación económica”, explicó Susana Morales, subsecretaria (e) de Política de Movilidad de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Tres requisitos principales para acceder a la excepción del pico y placa:

El año modelo del vehículo debe ser superior a 20 años.

El vehículo debe estar registrado en el Runt como convertido a gas natural.

El vehículo debe tener una capacidad de carga menor o igual a 3.500 kg.

Los propietarios, poseedores y locatarios de dichos vehículos que cumplan con los anteriores requisitos tendrán que registrarse con sus datos y los del vehículo en el formulario disponible en la página web de la Secretaría Distrital de Movilidad.

En respuesta al envío del formulario, será asignada una cita para la revisión del vehículo por la Secretaría Distrital de Ambiente.

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Laura Pineda

Comunicadora social de la Universidad Católica Luis Amigó. Soy amante de contar historias de ciudad y tengo un agudo olfato periodístico.

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