Accidente de transito en Medellín
Foto Alcaldía de Medellín para ilustrar la noticia.

La Alcaldía de Medellín anunció este 4 de octubre que se acoge a la circular del Ministerio de Transporte, la cual contiene las instrucciones para el cumplimiento del artículo 16 de la ley 2251, que indica que los propietarios de vehículos que sufran incidentes solo daños en la vía tendrán que retirarlos de manera inmediata para evitar el caos vehicular.

“Los usuarios hoy, después de la expedición de esta norma y la claridad de esta circular, tienen que correr sus vehículos, estén asegurados o no. Si no los mueven del sitio de la colisión y nosotros llegamos, podemos imponer un comparendo por obstaculización de la vía”, manifestó el secretario de Movilidad, Víctor Hugo Piedrahíta Robledo.

Según la circular, los agentes de tránsito solo elaborarán informes cuando se trate de incidentes viales en los que se encuentren involucradas personas lesionadas o en estado de presunta embriaguez. Igualmente, asistirán en casos en los que sea materialmente imposible el retiro de alguno de los automotores, debido a sus condiciones técnico-mecánicas o que producto del accidente se genere derrame de sustancias o elementos que deban ser retirados por el personal capacitado.

Conductores y entidades aseguradoras serán los responsables de recaudar todas las pruebas relativas a la colisión mediante herramientas técnicas y tecnológicas, lo que reemplazará el informe que expide la autoridad de tránsito, independientemente de que los vehículos involucrados estén asegurados o no.

“Teniendo en cuenta la cantidad de vehículos que circulan por la ciudad, yo creo que es una medida muy positiva, porque muchas veces la movilidad se ve afectada por incidentes muy pequeños que de verdad no requieren una atención grande, además porque es una manera de responsabilizar al ciudadano para que tome buenas decisiones”, expresó la conductora, Natalia Hoyos.

En caso de que los conductores se nieguen a retirar los vehículos, agentes de tránsito procederán con el retiro y traslado de los mismos a los patios y con la imposición del comparendo por bloqueo de calzada o intersección, cuya sanción es de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes. Quienes no tengan sus vehículos asegurados, deben dirimir el conflicto ante un centro de conciliación autorizado por el Ministerio de Justicia y del Derecho.

También le puede interesar:

Author Signature
Redacción Minuto30

Lo que leas hoy en Minuto30... Mañana será noticia.

  • Compartir:
  • Comentarios

  • Anuncio