En la sociedad actual, cuando vivimos eventos relevantes de nuestra situación de salud, solemos contar con la ayuda de quienes ejercen la Enfermería. Pero, ¿qué sabemos sobre una profesión que nos afecta más de cerca?

Sobre la acción específica del trabajo de estos profesionales, la Ley 911 aporta: “El acto de cuidado de enfermería es el ser y esencia del ejercicio de la Profesión. Se fundamenta en sus propias teorías y tecnologías y en conocimientos actualizados de las ciencias biológicas, sociales y humanísticas. (Art. 3, lit. 1). De este acto la Resolución 755 de 2022 señala en su Anexo técnico: “Si no se facilita el cumplimiento de estas premisas, difícilmente se puede asegurar un mejoramiento en el proceso de salud de los individuos”.

Esa es la altura que debe dar cada profesional que nos presta servicios de Enfermería y todos debemos saber responder a esa altura, también con el modo responsablemente libre de asumir nuestro autocuidado en salud y de promoverlo entre quienes nos rodean.

El 12 de mayo se celebra el Día internacional de la Enfermería, por ser aniversario del natalicio de Florence Nightingale en 1820, mujer florentina que profesionalizó el modo de trabajar en el cuidado más directo de los enfermos, que ella practicó en Italia y luego en Londres con el cargo de Superintendente del Instituto para el Cuidado de Señoras Enfermas, en 1853.

En ese año la península de Crimea, perteneciente al Imperio Otomano, fue invadida por Nicolás I de Rusia y su hijo y sucesor Alejandro II continuó la denominada Guerra de Crimea, en la que se involucró Florence viajando el 21 de octubre de 1854 con otras 38 enfermeras para atender a los soldados heridos.

También desde 2014 Vladimir Putin invadió esta península hasta causar la guerra que actualmente estamos viviendo, en su pretensión de ampliar las fronteras rusas tomándose el oriente y sur de Ucrania.

Señalando esta memorable fecha, el Ministerio de Salud y Protección Social publicó la Resolución 755 de 2022, <Por la cual se adoptan la «Política Nacional de Talento Humano de Enfermería y el Plan Estratégico 2022-2031» para el fortalecimiento del talento humano en salud>. Es la primera vez que Colombia publica una política sobre esta temática. El documento tiene seis artículos y un anexo técnico que va de la p. 3 a la 38.

¿Qué le corresponde esperar a nuestra sociedad, de quien ejerce la enfermería según el rigor intelectual que es detonante de su desarrollo desde que así lo promovió Florence Nightingale? Lo recuerda este Ministerio, transcribiendo parte del Artículo 3º de la Ley 266 de 1996, que reglamenta la profesión de enfermería en Colombia: que se ejerza como “[…] una profesión liberal y de carácter social, cuyos sujetos de atención son la persona, la familia y la comunidad, y tiene como propósito general promover la salud, prevenir la enfermedad, intervenir en el tratamiento, rehabilitación y recuperación de la salud, aliviar el dolor, proporcionar medidas de bienestar y contribuir a una vida digna de la persona.”

Esta misma Ley creó el Consejo Técnico Nacional de Enfermería, que tiene entre sus misiones la de proponer políticas y la ejecutó también con su trabajo en la elaboración de esta Resolución.

También esta Ley creó los Tribunales de Ética de Enfermería Nacional y Departamentales, que se rigen por el código legal de Ética en Enfermería, que es la Ley 911 de 2004.

Para salvaguardar su Ética profesional completa, esta profesión cuenta con el “Código de ética Enfermería. Guía para el desempeño del profesional de Enfermería”, que probablemente sea una joya universal en su género y que fue liderado, igual que la Ley 266 de 1996 y la Ley 911, por la que considero que sigue mereciendo el reconocimiento de mejor enfermera de Colombia y que fue también Miembro Fundador de la Fundación Colombiana  Ética y Bioética FUCEB: Nely Garzón Alarcón, pionera de otros muchos logros de la Enfermería en nuestro país y primera Presidente de Latinoamérica en la institución más grande del mundo en esta profesión, el Consejo Internacional de Enfermeras CIE, Federación con sede en Suiza, a la que pertenecen más de 130 asociaciones nacionales de Enfermeras que representan más de 28 millones de profesionales. Nelly, que nació en La Mesa, Cundinamarca, murió en 2019.

La Resolución 755 de 2022 toma tesoros de nuestra profesión en Colombia, varios sugeridos y todos apoyados por Nelly en las normas y los códigos mencionados. Ella, además de ser excelente Enfermera, sabía ser a la vez una magnífica amiga, una persona que se esforzaba por vivir en carne propia, de modo constante y creciente, muchos valores éticos, como los que ayudó a plasmar en la normatividad que sirve de base a la Resolución 755 de 2022 en la que se recoge algunos de estos valores:

Ley 266 de 1996: “Son principios generales de la práctica profesional de enfermería, los principios y valores fundamentales que la Constitución Nacional consagra y aquellos que orientan el sistema de salud y seguridad social para los colombianos.” (Ley 266, Art. 2) por el principio de unidad, lo que oriente el sistema de salud y seguridad social para los colombianos no puede contradecir la Constitución política: ninguna norma o jurisprudencia está por encima de esta, porque supondría un uso tiránico del poder, una pretensión de imponerse por encima el Constituyente primario y una garantía de acabar con la finalidad misma de la Constitución y con el Estado de Derecho.

En el Artículo 2, numeral 1, de la Ley 266 de 1996, se menciona un principio muy relacionado con el de unidad: “Integralidad. Orienta el proceso de cuidado de enfermería a la persona, familia y comunidad con una visión unitaria para atender sus dimensiones física, social, mental y espiritual.” Nueve años después la UNESCO señalaba, en la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos: “Teniendo presente también que la identidad de una persona  comprende dimensiones biológicas, psicológicas, sociales, culturales y espirituales”.

Ley 911 de 2004: «El respeto a la vida, a la dignidad de los seres humanos y a sus derechos, sin distingos de edad, credo, sexo, raza, nacionalidad, lengua, cultura, condición socioeconómica e ideología política, son principios y valores fundamentales que orientan el ejercicio de la enfermería.” (Art. 1) y “[…] los principios éticos de Beneficencia, No-Maleficencia, Autonomía, Justicia, Veracidad, Solidaridad, Lealtad y Fidelidad, orientarán la responsabilidad deontológica – profesional de la enfermería en Colombia.”

Con la Resolución 755 de 2022 se busca “[la garantía del derecho fundamental a la salud de toda la población de su territorio y el derecho al trabajo digno para el personal de  enfermería]”.

En el Artículo 4 de esta Resolución se impone a quienes trabajan en enfermería, el “Enfoque psicosocial y de género en enfermería, Enfoque diferencial e intercultural en enfermería, Enfoque de derechos, Enfoque de humanización de la atención de enfermería y  Enfoque Poblacional y territorial”, para que se apliquen según tres líneas estratégicas descritas en el Artículo 5: “1) Condiciones para el ejercicio, el desempeño y gestión para el desarrollo profesional y auxiliar de Enfermería, 2) Fortalecimiento de competencias y calidad de la formación en enfermería y 3) Autonomía y liderazgo profesional.”

Como, según los antecedentes de la política de Enfermería, expuestos en su Anexo técnico, los contenidos de las leyes 266 de 1996 y 911 de 2004, “son el principal contexto que enmarca la política que aquí se presenta”, los anteriores enfoques tienen también como contexto el Artículo 9 que sustenta los contenidos de la Ley 911 de 2004 guarda unidad con la ya mencionada Declaración de Bioética que la UNESCO publicó al año siguiente. Este artículo de la Ley expresa: “Es deber del profesional de enfermería respetar y proteger el derecho a la vida de los seres humanos, desde la concepción hasta la muerte. Asimismo, respetar su dignidad, integridad genética, física, espiritual y psíquica.”

Para que, con rigor científico, la Resolución 755 de 2022, de Políticas de Enfermería, se aplique de modo integral, cada uno de los enfoques de estas Políticas debe contribuir al pleno desarrollo de cada ser humano, en y desde el ejercicio de la Enfermería, aplicando completo y sin excepción alguna, el Artículo 9 de la Ley 911 de 2004, que guarda plena unidad jurídica con el Artículo 11 de nuestra Constitución Política, que al señalar la inviolabilidad del derecho a la vida, hace evidente el reconocimiento de que cualquier ser humano vale más que todo deseo, pensamiento y circunstancia, y que la ignorancia sobre el valor de un ser humano no da derecho a hacerse daño o a hacérselo a otros miembros de la familia humana.

Por eso, cada acto de Enfermería reclama siempre una especial responsabilidad de aportar y vivir coherentemente, el mejor cuidado de la integridad, vida, salud y pleno desarrollo, al que tiene derecho fundamental todo ser humano, cuyo valor o perfección reconocida, por estar muy por encima de los demás del cosmos, es denominado “dignidad”.

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Redacción Minuto30

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